La A.P.D. inicia procedimiento sancionador contra Telefónica Como se recordará la Asociación de Internautas, por medio de sus servicios jurídicos (B&T, Gabinete Jurídico), presentó a mediados de marzo una denuncia en la Agencia de Protección de Datos, relativa a la posibilidad acaecida el día 28 de febrero, de cualquier persona de acceder a los datos de las facturas de los clientes adscritos a los servicios de facturación «on line» de Telefónica.
Resultado de dicha denuncia, de la que se hicieron eco los medios de comunicación, fue la práctica de actuaciones de inspección por la A.P.D.
En el día de hoy, la A.P.D. ha comunicado a la Asociación de Internautas el inicio de un procedimiento sancionador por presunta infracción del artículo 9 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.
Sería deseable que este procedimiento sancionador consiguiera que se adoptaran por parte de todos los operadores las medidas de seguridad informática precisas para que hechos como el acaecido el pasado 28 de febrero no se vuelvan a repetir.
M s informaci¢n informaci¢n en:
http://www.internautas.org/NOTICIAS/ABR00/13A.htm
Denunciamos en la CMT el incumplimiento de la resoluci¢n sobre los bononets Ante las numerosas quejas que la oficina del Defensor del Internauta esta recibiendo por el incumplimiento de l s operadoras a la resoluci¢n de la CMT sobre contrataci¢n bononets, esta ma_ana hemos presentado la siguiente denuncia adjuntando las quejas que hemos recibido:
Ilmo. Sr. Secretario del Consejo Comisi¢n del Mercado de las Telecomunicaciones
Asunto de Referencia: ME 1999/1742
ILMO. SR.:
Don Luis Bello Uguet, con D.N.I. n¡ XX.XXX.XXX-X, Letrado n¡ 60.492 del M.I. Colegio de Abogados de Madrid en nombre y representaci¢n de la Asociaci¢n de Internautas, con C.I.F. n¡ G-82.182.494, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el nomero nacional 164.343 y domicilio a efectos de notificaciones en la C/ General Moscard¢, 27, esc. izda. – 601, 28020 Madrid, ante la Comisi¢n del Mercado de las Telecomunicaciones comparece y como mejor proceda en Derecho,
EXPONE:
PRIMERO.- Que en la Sesi¢n n¡ 12 del Consejo de este organismo, celebrada el 30 de marzo de 2.000, recay¢ resoluci¢n en el expediente de referencia, en virtud de la cual Telef¢nica de Espa_a, S.A.U. debe aplicar los Planes de Descuento regulados por la O.M. de 11 de febrero de 1.999 a todos los usuarios que as¡ lo solicitasen, siempre y cuando cumpliesen los requisitos especificados la propia resoluci¢n, sin que pudiese denegar ab initio la solicitud salvo cuando la tarifa aplicada a la llamada de destino no sea metropolitana o si se corresponde a un PSI sin t¡tulo habilitante para prestar el servicio.
Adem s, se obligaba a determinados operadores a suministrar a Telef¢nica los nomeros que correspondan a un acceso CASI.
SEGUNDO.- Que al d¡a de hoy, tanto Telef¢nica como el resto de operadores, est n incumpliendo dolosamente la resoluci¢n expuesta, causando un grave perjuicio a los usuarios y pudiendo incurrir en los comportamientos descritos en el art¡culo 1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia.
Adjuntamos un disco de 3/1 pulgadas, marca 3M, modelo DS DD y nomero de serie 2B07M037R con los mensajes de correo electr¢nico remitidos al «Defensor del Internauta», servicio dependiente de la Asociaci¢n de Internautas, por usuarios a los que se les ha negado de manera absoluta la suscripci¢n de los Planes de Descuento regulados por la O.M. de 11 de febrero de 1.999.
En virtud de lo expuesto, la Asociaci¢n de Internautas
SOLICITA: Que, teniendo por presentado este escrito, lo admita, requiera a TELEF.NICA, LINCE, RETEVISI.N, AIRTEL y JAZZTEL el cumplimiento inmediato de la resoluci¢n reca¡da en el expediente de referencia y de la Orden del Ministerio de Fomento de 11 de febrero de 1.999, inicie el correspondiente procedimiento sancionador contra dichas entidades, y adopte cualesquiera otras medidas que considere pertinentes.
Todo ello por ser de Justicia que pide en Madrid, a 13 de abril de 2.000.
ASOCIACI.N DE INTERNAUTAS
Don Luis Bello Uguet