Las devoluciones de productos son todavía fuente de malentendidos y conflictos entre clientes y establecimientos. Si bien es cierto que algunas tiendas incumplen las leyes que regulan la actividad comercial, tampoco lo es menos que los consumidores todavía continuamos sin conocer del todo nuestros derechos y a menudo exigimos el cumplimiento de leyes u obligaciones que no existen o que tan sólo se aplican en determinados casos. Por ello, conviene informarse antes de realizar una compra, para evitar posteriores problemas.
Recuerde que el derecho a devolución del dinero sólo existe si la mercancía presenta algún defecto de fabricación anterior a la venta. En ese caso, el comprador podrá exigir, si no prefiere que le restituyan el artículo, que el importe del producto le sea reembolsado en dinero, y no tendrá por qué aceptar vales, cheques ni moneda interna.
Los establecimientos pueden decidir libremente si aceptarán devoluciones de productos no defectuosos. En caso afirmativo, determinar n, adem s, las condiciones (plazos, si la devoluci¢n se efectuar en met lico o mediante vales de compra, si el envoltorio puede estar abierto o no, etc). Por ello, antes de comprar un producto, inf¢rmese sobre la posibilidad o no de devoluci¢n y de las condiciones.
Guarde siempre el ticket de compra. Su presentaci¢n es imprescindible a la hora de efectuar cualquier cambio o devoluci¢n.
Si la publicidad de un establecimiento o de un producto anuncia a trav’s de cualquier medio que si usted no queda satisfecho con el producto, le devuelven el dinero, tiene derecho a ello, ya que la publicidad es vinculante para quien la efectoa. No obstante, ser el establecimiento quien decida cu ndo acaban o cambian las condiciones anunciadas mediante la publicidad, as¡ pues, antes de comprar pregunte si continoa vigente.
En la venta a domicilio y en la venta a distancia dispone de un plazo de 7 d¡as, desde la recepci¢n de la mercanc¡a, para devolver el producto.
De no existir la propuesta «si no queda satisfecho, le devolvemos su dinero» y desee retornar un producto no defectuoso, trate de llegar a un acuerdo amistoso con el comercio, pero no olvide que el establecimiento podr negarse a aceptar la devoluci¢n.
Cuando realice una compra con la condici¢n de tener a prueba durante unos d¡as el producto adquirido, ejerza su derecho a devolverlo en el plazo acordado. En caso de no haberse fijado el plazo, ser de 7 d¡as.
En las compras a plazos, exija que le incluyan una cl usula que posibilite la disoluci¢n del contrato de compra dentro de los tres d¡as posteriores a la entrega del art¡culo.
Si por ley tiene derecho a cancelar el contrato pero el vendedor se niega a devolverle la cantidad entregada, acuda a la OMIC m s cercana o la Junta Arbitral de Consumo.
No olvide que los comercios no admiten cambios de objetos que puedan ser reproducidos o copiados (cintas de v¡deo, casetes, CDs), de prendas ¡ntimas o art¡culos de higiene ni de ropa de fiesta.
Si un establecimiento admite devoluciones durante toda la temporada, tambi’n habr de hacerlo en ‘poca de rebajas. De lo contrario, deber advertirlo expl¡citamente (mediante letreros, por ejemplo). En caso de arreglos a prendas (acortar largos o mangas, estrechar cintura.) ocurre lo mismo. Si son gratuitos durante la temporada pero se cobran en ‘poca de rebajas, el establecimiento tambi’n deber advertirlo.
Las devoluciones de productos con garant¡a de seis meses o m s, como aparatos el’ctricos, herramientas y muebles, se realizan de la siguiente manera: si el comprador, aduciendo defectos de fabricaci¢n, los devuelve antes de transcurrido el plazo de garant¡a, ser el vendedor quien deba demostrar que no se trata de defectos de origen. Por el contrario, si los devuelve una vez finalizada la garant¡a, ser el cliente mismo quien deber probar que los defectos eran de f brica.
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