A raíz de la publicación de los comentarios legales sobre el proyecto de constitución de la entidad Red.es, y en el que concluíamos que con esta nueva normativa el dominio .es se situaba como el más caro del mundo podemos ampliar en estos momentos varios temas de interés:
1¦ El dominio .es es uno de los menos registrados del mundo. Desconocemos exactamente el número de dominios registrados en España, debido a que la página de ES-NIC (Registro delegado de Internet) está en obras, pero mucho nos tememos que no sobrepasaran algunas pocas decenas de miles de registros.
El TOP TEN de los dominios más registrados del mundo, segun GLOBAL DOMAIN es el siguiente:
http://www.internautas.org/NOTICIAS/OCT00/20A.html
2¦ El Ministerio ha enviado a las redacciones de los medios de comunicación una comparativa en la que afirma que el dominio .es no es él más caro del mundo sino que es el cuarto más caro de Europa, como única respuesta a las afirmaciones y comentarios de la Asociaci¢n de Internautas, por lo que queremos hacer las siguientes puntualizaciones.
1) No son ciertas las afirmaciones del Ministerio de Ciencia y Tecnolog¡a con respecto a que ocupamos el cuarto lugar de Europa en precio (dudoso honor, por cierto) como se puede comprobar a continuaci¢n: Segon el Ministerio de Ciencia y Tecnolog¡a, por encima (en precio) del dominio.es hay tres paises que son m s caros:
Irlanda
Precio de registro: 100 Libras. 21.126 Ptas. Precio de mantenimiento anual: 40 Libras. 8450 Ptas.
Fuente: http://www.domainregistry.ie/policies/pricing.html
Efectivamente el precio de registro es superior al espa_ol, pero el precio de mantenimiento anual es inferior al espa_ol por lo que en dos a_os de pago de mantenimiento el precio es inferior al espa_ol.
Alemania
Precio de registro 110 Marcos 9357,90 Ptas. Primer a_o en adelante. 40 Marcos 3.402,87
Fuente: http://www.dk-hostmaster.dk/
Reino Unido
Precio onico anual 9,75 Libras 2.775 Ptas.
Fuente: http://www.newdomains.co.uk/system/index.html
Para ahondar m s en la informaci¢n sobre los registros en el mundo se puede acceder a IANA http://www.iana.org/cctld/cctld-whois.htm
2¡ En el hipot’tico caso, que en algon pa¡s exista una proximidad a los precios que propone el Ministerio en el proyecto Red.es, el Ministerio olvida que en esa normativa y tal como esta redactada dice que los precios son. desde 18.000 ptas, cuando en el Art¡culo 19.Elementos cuantitativos de las tasas dice:
«El importe de las tasas por la utilizaci¢n privativa o aprovechamiento especial del dominio poblico se fijar tomando como referencia el valor de mercado correspondiente o el de la utilidad derivada de aqu’lla3. Para la determinaci¢n de dicho importe se tomar n en consideraci¢n los costes directos e indirectos, inclusive los de car cter financiero, amortizaci¢n del inmovilizado y, en su caso, los necesarios para garantizar el mantenimiento y un desarrollo razonable del servicio o actividad por cuya prestaci¢n o realizaci¢n se exige la tasa, todo ello con independencia del presupuesto con cargo al cual se satisfagan. La cuota tributaria podr consistir en una cantidad fija se_alada al efecto, determinarse en funci¢n de un tipo de gravamen aplicable sobre elementos cuantitativos que sirvan de base imponible o establecerse conjuntamente por ambos procedimientos»
Como cuesti¢n final debemos tener en cuenta que la letra b del p rrafo 5 del nomero 10 parece que est estableciendo un sistema de asignaci¢n mediante subasta o concurso poblico en los supuestos de nombres de «especial inter’s econ¢mico o demanda, que se determinen en la normativa de asignaci¢n de nombres y direcciones de Internet …», normativa que debe dictar el Ministerio de Ciencia y Tecnolog¡a. Aunque no podemos hablar de ilegalidad, no es menos cierto que esta redacci¢n crea una gran inseguridad jur¡dica para el usuario porque:
¨Cu les son los criterios de especial inter’s econ¢mico o demanda?
¨Ser¡a esto aplicable a lo que el art¡culo 2.2 de la Orden de 21 de Marzo de 2000 por la que se regula el sistema de asignaci¢n de nombres de dominio de Internet bajo el c¢digo del Pa¡s correspondiente a Espa_a (. es) denomina como nombres de dominio regulares o s¢lo se aplicar¡a a lo que el art¡culo 2.3 de la citada Orden denomina como nombre de dominios especiales?
Es pues que incluso encontrando algon pa¡s, que no conocemos ,ofrezca los dominios m s caros, ser n siempre importes onicos y no sujetos a tasas o subasta tal y como indica el proyecto Red.es.
La Asociaci¢n de Internmautas seguir contactando con los partidos pol¡ticos con representaci¢n parlamentaria, para llamar la atenci¢n sobre esta «novedosa» intenci¢n ministerial de subastar el registro de dominios.es que en definitiva repercute en una ineficaz gesti¢n y ahondara sin duda en obstaculizar econ¢micamente el registro de dominios, favoreciendo a los mejores postores, y perjudicando a la mayor¡a de la ciudadan¡a. Para que se debata en el Parlamente y en el Senado y hace un llamamiento a la reflexi¢n de los responsables ministeriales para que adopten una posici¢n dialogante cuando traten de llevar a cabo proyectos de inter’s general.
En definitiva un flaco servicio por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnolog¡a a la Sociedad de la Informaci¢n, que m s parece al recurrir a la subasta como modelo de concesi¢n, querer enmendar con un nuevo desatino recientes errores o precipitaciones como las que est n en la mente de todos los ciudadanos.
ASOCIACION DE INTERNAUTAS
http://www.internautas.org