Los resultados alcanzados en los dos últimos años por el comercio electrónico alimentan aceleradamente el optimismo. España tuvo un crecimiento cercano al 250% durante el 2000 y la proyección hace suponer que en el 2001 los ingresos por este medio llegarán a los 74.692 millones de pesetas.
Sin duda, las cifras pueden impresionar, aunque es honesto decir que el monto resulta completamente irrelevante si consideramos el terreno aún inexplorado o si comparamos su desarrollo respecto de otros países. Por ejemplo: El 23.6% de los suecos compró alguna vez mediante la red, mientras que entre los españoles eso sucedió sólo con el 1.8%. O este otro dato para corroborar la situación: Irlanda prácticamente duplica a nuestro país en operaciones de comercio electrónico, aún cuando no es un país más rico y cuando su población no llega a los cuatro millones de habitantes. Se trata, entonces, de un negocio con un futuro promisorio, pero en el que España debe apretar el acelerador para ubicarse en un lugar m s a tono con el resto de las naciones europeas.
No obstante, y m s all de un panorama en particular, en esta materia las reglas aon no definidas constituyen el elemento comon del sistema. En efecto, los puntos de discusi¢n fueron fijados en seis por la Secretar¡a de Comercio de Estados Unidos: 1) Reglas de confidencialidad 2) Protecci¢n del consumidor 3) Modo de aplicaci¢n del derecho comercial al comercio electr¢nico 4) La brecha digital entre aquellos que tienen acceso a Internet y quienes no lo tienen 5) La infraestructura 6) Normas t’cnicas necesarias para el comercio electr¢nico.
De todos ellos, los tres primeros forman parte del abec’ para el desarrollo de las transacciones. La confidencialidad puede ser definida como la nomero uno debido a que el usuario quiere estar seguro del modo en que se usar su informaci¢n personal. En ese sentido, se hicieron avances importantes. En Espa_a la actividad de la Agencia de Protecci¢n de Datos establece las pautas de comportamiento respecto de la informaci¢n las empresas poseen de sus clientes; los mecanismos de aplicaci¢n, control y seguimiento de esas normas permiten un marco eficaz de protecci¢n para el usuario.
Por su lado, la protecci¢n del consumidor involucra muchos elementos. Garant¡as al consumidor: ¨C¢mo logro que me devuelvan mi dinero si mi pedido llega equivocado o da_ado? Responsabilidad: ¨Qui’n es responsable cuando algo sale mal? +A qui’n recurre el consumidor? Seguridad: +El nomero de mi tarjeta de cr’dito y otros datos personales est n protegidos cuando hago un pedido por Internet? Autenticaci¢n: ¨C¢mo hacer que la firma electr¢nica de una persona tenga el mismo efecto legal que su firma escrita?
El tercer punto es la aplicaci¢n del derecho comercial. Partiendo de que a trav’s de la red es posible comprar productos de cualquier lugar del mundo, la pregunta resulta l¢gica: ¨Qu’ legislaci¢n comercial se aplicar ? ¨Ser la del pa¡s del consumidor o la del pa¡s del vendedor?
En Espa_a, los Ministerios de Ciencia y Tecnolog¡a y de Justicia elaboraron un anteproyecto de ley de Servicios de la Sociedad de la Informaci¢n y de Comercio Electr¢nico, complemento de otras leyes que regulan las ventas en Internet. Los puntos m s destacados establecen: Los productos deben describirse con suficiente detalle (precio, IVA, gastos de transporte y forma de pago), el comprador tiene el derecho a devolver el producto adquirido hasta los siete d¡as despu’s de recibido, no hay posibilidad de renunciar a los derechos como consumidor que otorga la ley y el plazo m¡nimo de garant¡as est fijado en seis meses.
No obstante las dificultades y el proceso de desarrollo en el que se encuentra, el comercio electr¢nico sigue en aumento y mostr ndonos una perspectiva interesante. Aunque los pron¢sticos hablan de un curso m s lento para este a_o, el crecimiento en las ventas globales alcanzar n el 57 %, de acuerdo con an lisis hechos por eMarketer. Segon ese mismo trabajo, se lograr un ritmo sostenido reci’n en la segunda mitad del 2001, cuando queden atr s los actuales problemas operacionales.
Algunos consejos
-No dar informaci¢n confidencial, especialmente los datos bancarios, en lugares que no est’n protegidos por , al menos, el protocolo SSL (Secure Sockets Layer) .
-No brindar m s datos que los necesarios.
-No usar el correo electr¢nico para facilitar datos sensibles
-Revisar los certificados de los sitios seguros a los que nos conectemos
-Exigir toda la informaci¢n necesaria sobre el producto que vamos a comprar.
-Informarnos sobre la pol¡tica de privacidad de la empresa para ver qu’ hacen con nuestros datos y exigir que no los cedan a terceros.
-Evitar pagar por adelantado. Mejor hacerlo con tarjeta de cr’dito o contra reembolso.
-Utilizar preferentemente los comercios que est’n sometidos a la jurisdicci¢n de nuestro propio pa¡s.
-Exigir la factura de compra.
-Reclamar ante los servicios de consumo si nos sentimos enga_ados..