El Ministerio de Interior a través de la Comisión Nacional de Juego ha propuesto incluir a los Cibercafés y ordenadores de uso público en el nuevo Reglamento de Máquinas de Juego y Salones (http://www.mir.es/juego/documentos/cibercafes_regula.htm), imponiéndoles condiciones técnicas imposibles de cumplir. Este nuevo reglamento puede dejar -fuera de la ley no sólo a los Cibercafés, sino también a las salas puestas a disposición de los usuarios por Ayuntamientos a bibliotecas, universidades y a cualquier otra sala pública que ofrezca a sus usuarios acceso a Internet.
La redacción del reglamento, en la última versión a la que ha tenido acceso la Asociación de Usuarios de Internet, explicita que para que un ordenador no sea considerado una máquina de juego «debe tener totalmente bloqueado el acceso a todo tipo de juego en red o por ordenador, con o sin realización de apuesta».
Independientemente de que es técnicamente imposible en este momento realizar dicho bloqueo, si éste fuera posible obligaría a bloquear el acceso a todos los principales portales de acceso a Internet espa_oles y extranjeros, ya que todos ellos tienen algon juego (para j¢venes, sin apuestas) entre sus servicios. Por otro lado, todo ordenador que utiliza el sistema WINDOWS lleva incluidos por defecto ciertos juegos. En resumen, dicho bloqueo no es posible, por lo que todos los PCs colocados en lugares poblicos ser n autom ticamente considerados por la ley como m quinas de juego ilegales.
Segon Javier Sol , director de la Asociaci¢n de Usuarios de Internet «nos parece incre¡ble que una Administraci¢n -como la actual- que dice estar comprometida con el desarrollo tecnol¢gico y de la Sociedad de la Informaci¢n en Espa_a, proponga una regulaci¢n para los Cibercaf’s que puede dejar sin acceso a Internet -de un plumazo- al 17% de los usuarios y en particular a los de menor poder adquisitivo, cerrando su lugar de acceso a Internet.»
Las leyes de juego y reglamentos de m quinas han sido hechas para proteger a los usuarios de posible abuso por parte de empresarios de juego, pero con el tiempo han ido aplic ndose a nuevas actividades de ocio, para las que, desgraciadamente, no hay en Castellano un vocablo diferente. En las leyes inglesas, por ejemplo, se diferencia claramente entre «gambling» (juego con apuestas) y «gaming» (juegos de ni_os o sin apuestas). El «gambling» se regula, pero no el «gaming», a los ni_os se les deja jugar tranquilos.
Finalmente, se intenta aplicar la misma ley a otras actividades de ocio, como puede ser la diversi¢n por Internet. Aquellos que tienen medios suficientes para adquirir un ordenador pueden realizar estas actividades en su propia casa, pero aquellos que no tienen dichos medios s¢lo pueden realizarlas desde Cibercaf’s. Poco a poco la pelota de las leyes de juego se va haciendo m s grande, intentando legislar m s y m s actividades que en ningon caso est n relacionadas con apuestas y con la defensa del usuario, convirti’ndose en una herramienta cuyo uso s¢lo puede ser negativo para ese usuario al que pretend¡a defender.