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ActualidadEmpresas

La CNMC sanciona a Corporación Alimentaria Peñasanta (CAPSA) con 135.000 euros por incumplir la normativa de competencia

Esta sanción vuelve a abrir el debate sobre las prácticas cada vez más habituales de doble mensaje o 'greenwashing' de las empresas con relación a sus compromisos medioambientales, éticos y legales en las que no hay correspondencia entre su gestión y actividad con las recogidas en sus manuales de buenas prácticas. 

por Jose Escribano 3 de enero de 2025
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 135.000 euros a Corporación Alimentaria Peñasanta, S. A. (CAPSA) por ejecutar la adquisición de Lácteas Flor de Burgos S. L. en diciembre de 2023 sin haberlo notificado previamente al organismo regulador. Esta infracción, conocida como gun jumping, vulnera el artículo 9.1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia (LDC).

Paradógicamente CAPSA dispone de un canal ético en su propia web como herramienta para la prevención y detección de incumplimientos de la compañía, puesto a disposición de sus integrantes y de terceros, donde manifiesta su «firme compromiso con la cultura ética y el cumplimiento normativo dentro de la Empresa, rechazando cualquier conducta que no se adapte a los estándares éticos establecidos en la Organización y adoptando las medidas necesarias para el garantizar el cumplimiento de la legislación vigente y la prevención de delitos.«

La pregunta es ¿son los departamentos de buenas prácticas y compliance de las empresas realmente útiles o son un simple ‘fusible’ para proteger a la directiva ante crisis reputacionales como esta?

CAPSA, a través de su Canal Ético, permite comunicar «infracciones normativas o poco éticas, conductas delictivas, infracciones administrativas graves o muy graves y cualquier vulneración del derecho de la Unión Europea advertidos en CAPSA FOOD.» Algo que pone en entredicho el compromiso real con la ética y la excelencia de la compañía, tras la sanción recibida por la CNMC, y vuelve a poner el punto de mira en las prácticas cada vez más frecuentes de greenwashing de las empresas con relación a sus compromisos medioambientales, éticos y legales no correspondiendo sus acciones con las recogidas en sus manuales de ética y buenas prácticas. La pregunta es ¿son los departamentos de buenas prácticas o compliance un mero ‘fusible’, creado para proteger a la directiva  ante crisis reputacionales como esta?

Un retraso en la notificación que costó caro

CAPSA formalizó el contrato de compraventa el 27 de diciembre de 2023, pero no informó a la CNMC de la operación hasta marzo de 2024, presentando la notificación formal el 8 de abril. Aunque el organismo aprobó la transacción en primera fase el 17 de abril (C/1459/24), en septiembre de 2024 inició un procedimiento sancionador al considerar que la compañía había incumplido su obligación de notificación previa.

Tras completar la investigación, la CNMC ha declarado a CAPSA responsable de una infracción grave recogida en el artículo 62.3.b) de la LDC, imponiéndole la citada sanción económica. La empresa aún tiene la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses a partir de la notificación oficial.

¿Qué es el gun jumping?

El término gun jumping se refiere a ejecutar una operación de concentración económica sin haber obtenido previamente la autorización de las autoridades de competencia. Esta práctica está regulada por la Ley de Defensa de la Competencia en España y, a nivel europeo, por el Reglamento CE 139/2004.

Las empresas están obligadas a notificar sus operaciones a la CNMC cuando estas superen ciertos umbrales, como alcanzar o incrementar una cuota de mercado del 30% en un sector relevante o superar los 240 millones de euros en volumen de negocio combinado, con al menos 60 millones en ingresos individuales para dos de las empresas implicadas.

Este control es obligatorio cuando se cumplen una de estas dos condiciones:

  • La empresa resultante adquiere o incrementa una determinada cuota de mercado (art. 8.1 a ley 15/2007), que en el supuesto general es del 30% del mercado relevante (de producto y geográfico);
  • Se supera un determinado volumen de negocios (art. 8.1 b).

Ambos umbrales se pueden consultar en la Ley de Defensa de la Competencia para conocerlos con precisión.

La normativa establece que cualquier operación de concentración debe quedar suspendida hasta que la CNMC emita una resolución favorable, salvo en casos excepcionales. El incumplimiento de este proceso puede acarrear sanciones económicas importantes, como la aplicada a CAPSA.

Control de concentraciones: un análisis previo y exhaustivo

El control de concentraciones por parte de la CNMC busca evitar que fusiones o adquisiciones perjudiquen la competencia en el mercado, generando abusos de posición dominante, alzas de precios, barreras de entrada o frenos a la innovación.

El proceso de evaluación se divide en dos fases:

  • Primera fase: Con un plazo máximo de un mes, se evalúa si la operación puede ser autorizada sin condiciones o si requiere un análisis más detallado.

  • Segunda fase: Se lleva a cabo un estudio más exhaustivo, que incluye consultas a terceros interesados y puede implicar la imposición de compromisos o condiciones adicionales para garantizar que no se altere la competencia en el mercado.

En casos excepcionales, si el Consejo de la CNMC considera que no existen compromisos suficientes para resolver problemas de competencia, puede llegar a prohibir la operación.

La CNMC facilita la notificación de operaciones

Con el objetivo de simplificar el cumplimiento de estas obligaciones, la CNMC dispone de formularios abreviados para concentraciones que, a priori, no afectan significativamente a la competencia. Además, las empresas pueden solicitar una fase de prenotificación para aclarar dudas y garantizar que la documentación presentada es completa y suficiente.

Durante el año 2022, la CNMC gestionó 102 resoluciones de concentraciones, la cifra más alta desde 2016, de las cuales la mayoría fueron autorizadas en primera fase y sin compromisos. Este dato refleja la agilidad de los procesos y la predisposición del organismo para facilitar el cumplimiento normativo.

Una advertencia para el sector empresarial

La sanción impuesta a CAPSA subraya la importancia de respetar los procedimientos establecidos en materia de competencia. Las empresas deben ser especialmente diligentes al evaluar si una operación requiere notificación previa, ya que las consecuencias de no hacerlo pueden ser tanto económicas como reputacionales.

La CNMC ha sido especialmente activa en los últimos años en la detección y sanción de prácticas de gun jumping. Solo en 2021, se iniciaron 18 investigaciones sobre esta conducta, lo que refleja un compromiso continuo para garantizar el cumplimiento de las normas de competencia en España.

Esta resolución sirve como recordatorio para las empresas sobre la relevancia del control de concentraciones y la necesidad de actuar conforme a la normativa vigente.


Artículo redactado con asistencia de IA (Ref. APA: OpenAI. (2025). ChatGPT (versión 4). OpenAI).

Autor

  • JAE
    Jose Escribano

    Responsable de Contenidos en Informativos.Net

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