En consideración que el 9 de septiembre del 2000, por disposición contenida en el artículo 58 de la Ley Para la Transformación Económica del Ecuador, todos los servicios de telecomunicaciones entran en régimen de libre competencia, el Consejo Nacional de Telecomunicaciones, CONATEL, en su sesión del 5 de septiembre del 2000 definió las políticas de gestión que prevalecerán a partir de este momento:
1. Tomar todas las acciones necesarias para que los ciudadanos que habitan en el territorio nacional, tengan acceso a servicios de telecomunicación, sin importar su posición geográfica y condición económica.
2. Impulsar todas las políticas que se estimen convenientes para proteger el interés de los doce millones de ecuatorianos, estableciendo directrices que permitan contar con servicios de telecomunicaciones de buena calidad y a precios que respondan a parámetros de eficiencia, responsabilidad, universalidad y continuidad del servicio.
3. Defender de manera permanente los derechos de los abonados y usuarios de las telecomunicaciones, de acuerdo a las normas establecidas en la Constituci¢n.
4. Fundamentar sus resoluciones en principios constitucionales, legales y t’cnicos, sobre la base del bienestar de los ecuatorianos, sin permitir imposiciones de cualquier tipo que desv¡en el cumplimiento de este objetivo.
5. Respetar los contratos de exclusividad regulada para la prestaci¢n de determinados servicios suscritos con algunos operadores, hasta cuando dure su vigencia o hasta que ambas partes por el inter’s colectivo, decidan de mutuo acuerdo adelantar la terminaci¢n del compromiso.
6. Promover la libre competencia entre los operadores del sector, y sancionar conforme a la Ley las pr cticas monop¢licas, las de competencia desleal o abuso de posici¢n dominante, que atenten contra el derecho de los ecuatorianos a contar con los servicios de telecomunicaciones.
7. Fomentar la incorporaci¢n de nuevas tecnolog¡as que brinden a los ecuatorianos mayores opciones de servicio, dentro del marco legal.
8. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en la Ley Especial de Telecomunicaciones, reglamentos y normas t’cnicas que regulan la actividad en el sector y que impulsen el bienestar econ¢mico de la poblaci¢n.
9. Dar un tratamiento igualitario a todos y cada uno de los actores del sector de las telecomunicaciones, exigiendo de ellos el estricto cumplimiento de la legislaci¢n vigente de las telecomunicaciones.
10. Promover en el corto plazo, el uso intensivo de la red de internet, como un medio para el desarrollo cultural, social y econ¢mico de la poblaci¢n.