TVs varias de todo el mundo, ‘gestores’ de derechos de ‘terceros’ de todo tipo de pelaje, agentes de las propias productoras en otros países… la lista es larga y extensa y el tiempo perdido en responder, apelar, enviar documentos con los derechos… , al final, es ingente. Para encontrarnos con que, finalmente y bajo la fórmula en numerosas ocasiones del ‘libre albedrío’, no se retiran las reclamaciones y se nos penaliza por infracción de copyright. Tres penalizaciones conllevan el cierre del canal, sin posibilidad de apelación. Todo nuestro contenido podría desaparecer por este motivo. No podemos permitirlo.
• Aspectos básicos sobre las acciones de derechos de copyright
YouTube elimina contenido si recibe solicitudes de eliminación completas y válidas. Cuando se elimina contenido, se aplica una acción a la cuenta del usuario que ha subido ese contenido.
Si recibes tres acciones de derechos de copyright, se suspende tu cuenta y se eliminan todos los vídeos que hayas subido. Los usuarios cuyas cuentas se hayan suspendido no pueden crear nuevas cuentas.
Pero además, si tienes pendientes demandas por copyright sin resolver, NO tienes derecho a usar algunos servicios de Google (como los ‘hangout de G+)
También puede aparecer el mensaje «Video Eliminado por Infracción de Copyright» ¡El colmo! Invertimos tiempo y recursos en la crítica, promoción.. de las películas en nuestra sección de cine ¡y se nos acusa públicamente de ‘infractores de copyright’ a la vista de cualquier lector. Intolerable.
• Información resumida sobre las acciones de derechos de copyright
¿Qué ocurre cuando recibes una notificación de infracción de copyrights? Youtube dice que:
Recibir una acción de derechos de copyright puede limitar tu acceso a funciones especiales de YouTube.
A menudo, las acciones de derechos de copyright se confunden con coincidencias de ID de contenido, que pueden provocar que tu vídeo se bloquee. Sin embargo, son cosas diferentes.
Puedes consultar la información sobre acciones en la sección Notificaciones de copyright de tu cuenta.
Ten en cuenta que eliminar el vídeo que ha recibido la acción no soluciona el problema.
Como veis, eliminar el vídeo no soluciona el ‘problema’ y los representantes ‘locales’ de las productoras tampoco hacen demasiado, más allá de ‘lavarse las manos’ porque las centrales son quienes, dicen, aplican este tipo de políticas. Y, mientras nosotros recibimos denuncias de copyright por usar los trailers que nos envían las propias productoras, en youtube circulan películas enteras libremente. Es más… en alguno de los trailers que se nos han denunciado, los comentarios de los usuarios incluyen enlaces a la película original, íntegra ¡en el propio youtube! (Sí… nosotros tampoco lo entendemos)
Un ejemplo: El trailer de la película ‘El Médico’ cuyo estreno ya anunciamos el 26 de Agosto, con unas fotos de producción y un resúmen de la película:
https:/cine/el-medico-estreno-25-de-diciembre-2013_54435.aspx
Al cabo de unos minutos de publicar la noticia recibimos una reclamación de copyright de Universal Pictures, que contestamos argumentando que el trailer fue proporcionado por el departamento de prensa de la distribuidora en España –DeAPlaneta– y que se usaba en el contexto de la cesión de derechos de uso (crítica, promoción y/o difusión de la película) que aceptamos antes de descargar contenido de las productoras.
Resultado: «En respuesta sobre el contenido audiovisual administrado por Universal Pictures: Se ha rechazado la impugnación y se ha restablecido la reclamación.»
Y cuando no reclama una productora… reclaman dos, como en el caso del trailer de «LOL (Laughing Out Loud)»
Noticia: https:/cine/lol-laughing-out-loud-estreno-12-de-abril-de-2013_54304.aspx
… ¡o tres! como con el trailer de «Las ventajas de ser un marginado»
Noticia: https:/cine/las-ventajas-de-ser-un-marginado-estreno-en-cines-el-8-de-febrero_54212.aspx
• El ‘bucanero’ de youtube: AdRev (y similares)
AdRev es una ‘empresa’ que se dedica a ‘gestionar’ los derechos de ‘artistas legítimos’ tomando el control de los vídeos en youtube, reclamando la titularidad en nombre de un tercero (el propietario ‘legítimo’), insertando publicidad y cobrando una comisión sobre el total facturado en concepto de ‘gastos de gestión’ al artista que ha resultado ‘beneficiado’ por ‘su gestión’. Son famosos por reclamar sistemáticamente obras de libre difusión (Mozart, Dvorak…) e insertar su publicidad en estos vídeos, monetizando en beneficio propio obras de propiedad intelectual universal (de todos nosotros)
Sistemáticamente rechazan las impugnaciones y, si decides llegar tan lejos como nosotros en tu derecho de defender contenido licenciado por las productoras, ¡ojo, trailers de entre 1 y 2 minutos!, su respuesta es algo así como:
If you do not respond to the claim, your video will stay live on Youtube, unchanged, and simply have some ads run on the bottom 1/5 of the video. Viewers can click an «X» and close the ads
anytime. These ads help our artists/partners make money from their hard work/fantastic music they provide.
(Si ud. no responde a la reclamación -de copyright-, su vídeo seguirá activo en youtube, sin cambios, solamente se incluirán algunos anuncios en el 1/5 inferior del vídeo. Los espectadores pueden pulsar en la «X» y cerralos. Estos anuncios ayudan a los propietarios del contenido y artistas ha obtener ingresos por su fantástico trabajo/música que realizan)
Tambien puedes solicitar que te incluyan en ‘sus’ listas blancas y entonces no reclamarán -si consideran que tienes derecho- tus vídeos… pero deberás seguir litigando con, cada día, más ‘empresas gestoras de contenido de terceros’ que se están sumando al negocio… o con las propias productoras, como hemos visto en los ejemplos anteriores.
Recuerda la máxima: Youtube doesn’t get involved in copyright disputes (aka, youtube no quiere saber nada de disputas de copyright) Si existe una reclamación la ejerce y punto; a partir de ahí disputa con el que ha reclamado -puede ser cualquiera- que es quien debe retirar la reclamación. Fin. A la tercera, se cierra tu canal.
• ¿Y si te reclaman un contenido que es tuyo?
Pablo Herreros creó un post sobre esto mismo «Youtube se hace dueño del balón» en cuyo post participamos con algunos comentarios.
Dice «hay una sociedad de gestión de derechos de autor alemana (o varias) que se creen con derecho a pedir que se borre el vídeo porque supuestamente incluye música con copyright. ¿Sabéis cuál es la canción? Noche de Paz, creada en 1816 por un sacerdote austriaco y que, según parece deducirse de la entrada en Wikipedia, es ya una canción del dominio público. ¿Quién la canta en mi vídeo? Un coro de jóvenes, el Coro de Jóvenes de la Comunidad de Madrid, que actuaron dentro del programa En Días Como Hoy, que presentaba y dirigía Juan Ramón Lucas, y en el que yo tenía una sección de internet los viernes.«
Pero lo peor es la imagen que nos hacen dar:
«Ayer, junto con esta tenía otra reclamación de un vídeo de un minuto de una película de los Hermanos Marx que subí para una charla. Me reclamaba Warner que lo bajase -con razón, aunque podría alegar uso legítimo- y acepté que tenían ellos los derechos. Por esas dos reclamaciones, cuando fui a intentar hacer una retransmisión en directo en vídeo (hangout de Google+), me apareció un cartelito muy mono diciéndome que, como tengo pendientes demandas por copyright sin resolver, NO tengo derecho a usar ese servicio de Google.»
Motivo que nos conduce a la tomar la decisión que hemos tomado… cesar de actualizar la sección de cine hasta que dejen de considerarnos ‘delincuentes’ y estar en el punto de mira de todos los oportunistas de la red.
• ¿Y los desfiles de moda? La pesadilla del copyright musical.
El colmo de los colmos es que grabes un vídeo de un desfile de moda y se bloquee por la música… ¡ambiente! Y ahí las reclamaciones son del tipo ‘tonto el que no reclame’ como en este otro ejemplo:
En otros casos, puede ser que retiren la reclamación todos… ¡menos uno! Y el vídeo, entonces, seguirá bloqueado y tu cuenta ‘penalizada’
Conclusión: imposible poder hacerse eco o usar material de los propios productores en youtube so pena de que, por un lado o por otro, surja ‘alguien’ reclamando la propiedad de ese material y, a la tercera reclamación, pierdas el canal que tanto esfuerzo te ha costado construir ¡con todo el material multimedia que contenga! (en nuestro caso, cientos de entrevistas exclusivas)
Como comprenderéis, hasta que esta locura se aclare, nuestra decisión de dejar esta sección ‘on hold’ -o con mucha menos actividad de la esperada, como estaba siendo- está bastante argumentada y merecía una explicación. Una pena para el cine… su ambición ha acabado con un ‘soporte legal’ para su promoción. Y su decisión de dejar su imagen gestionada por terceros, considero personalmente que es un error.
J.A.E
Content Manager
Informativos.Net
Algunos enlaces interesantes:
How or who is AdRev and how can they claim ownership of my video??
False Copyright Claims are Big Business for Companies on Youtube
Copyfraud: The Real Pirates of YouTube and What To Do About (vídeo youtube: mirad en el apartado de ‘información’)
Copyfraud: Poisoning the public domain – How web giants are stealing the future of knowledge