Como peligrosa y absurda calificó la abogada feminista María Isabel Rosas, la norma que obliga a las madres solteras a dar sus propios apellidos a sus hijos. Rosas se refirió a un nuevo reglamento del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil de Perú, según el cual, los llamados hijos extramatrimoniales deben llevar sólo el apellido materno. Esto, en caso el padre se niegue a reconocerlos.
La Abogada dijo que antes la madre tenía la posibilidad de colocar el nombre del padre en la partida de nacimiento del menor. Eso constituía una prueba escrita que ayudaba a ejercer los derechos infantiles de nombre propio y alimentación.
Agregó que la referida norma corta a las madres solteras la posibilidad de probar quién es el padre de su hijo. La Abogada feminista dijo que con esta norma se alienta la irresponsabilidad y el abandono paterno.
Por su parte, el Gerente General del Registro de Identidad, Oscar del Río, manifestó que el referido reglamento se basa en el Código Civil de 1984. Segon ese c¢digo, se considera inv lido el apellido puesto a un menor de edad en ausencia del padre. Sin embargo, en la pr ctica los funcionarios del Registro Civil colocaban el apellido declarado por la madre, aunque este hecho no revistiera implicaciones para los derechos de filiaci¢n.
Las limitaciones de la legislaci¢n peruana en materia de filiaci¢n, forman parte del oltimo reporte de derechos humanos presentado por organizaciones feministas ante el Comit’ de Derechos Civiles y Pol¡ticos de la Organizaci¢n de las Naciones Unidas. (Pe/QR/Mj/Pl-Dh/pt).
EL ESTADO PERUANO APRUEBA MEDIDA DISCRIMINATORIA PARA LA MUJER
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