El Poder Legislativo de Bolivia dejó expedito el camino para que el Gobierno promulgue en las siguientes horas la Ley del Indulto, Jubileo 2000. El plenario de la Cámara de Senadores sancionó la Ley, excluyendo del beneficio de perdón a los presos que cumplen condenas por delitos de traición a la Patria, terrorismo, narcotráfico y violadores sexuales.
El artículo segundo del citado instrumento jurídico da cuenta que se concede indulto de un tercio de la pena privativa de libertad, a las personas condenadas con sentencia ejecutoriada antes de agosto del 2000.
No podrán acogerse las personas condenadas por los delitos señalados en el artículo 17 de la Constitución Política del Estado, aquellas condenadas por delitos contra la seguridad del estado y los violadores.
Tampoco se benefician las personas condenadas por delitos contra la función pública cometidos por funcionarios públicos y las condenadas por delitos previstos en la Ley 1008, salvo las listas aprobadas por el Congreso Nacional. (Bo/QR/Au/Pl-Dh/pt).
Augusto Pe_a