En el fallo, también se ordenó revocar el arresto de dos militares cuanto, asimismo, reclama al Estado que dicte una norma que regule ûen el ámbito del fuero Federal- el mecanismo judicial para determinar el destino de los desaparecidos durante al última dictadura militar en Argentina (1976-1983).
Recordemos que los denominados ôJuicios por la Verdad Históricaö, que lleva adelante, entre otras, la Cámara de Bahía Blanca intentan determinar el destino de los desaparecidos, empero no puede juzgar a los ex represores inculpados dado que los mismos se encuentran amparados por las leyes de impunidad que rigen en la República Argentina ûPunto Final y Obediencia Debida-. La única excepción, son las causas por la sustracción de menores y la apropiación de inmuebles, casos en los que los militares son factibles de se condenados. En las provincias de Córdoba, Mendoza, Tucumán y en la capital Federal, se llevan adelante este tipo de acusas.
La resolución adoptada por los camaristas, Amelia Berraz, Ana Mar¡a Capolupo y Gustavo Hornos, declar¢ «improcedente el planteo de inhibitoria» que realiz¢ la C mara de Bah¡a Blanca, destac¢ que, ‘sta «deber continuar el tr mite de estas actuaciones» en la medida que «su aplicaci¢n no vulnere derechos de raigambre institucional».
Valga una aclaraci¢n, en el mes de agosto pasado la C mara de Bah¡a Blanca hab¡a solicitado a Casaci¢n que le restituyera «en forma urgente» los expedientes del «Juicio por la Verdad», cuanto, asimismo, el arresto de dos militares detenidos que se hab¡an negado a declarar, cuya libertad hab¡a sido dictaminada por Casaci¢n. En tal sentido, la C mara de Bah¡a exhort¢ a que casaci¢n se abstuviera de intervenir en tales causas dado que era «incompetente» para hacerlo y orden¢ se restituyera los arrestos de ambos militares, Santiago Cruciani y Armando Barrera.
Casaci¢n en el fall¢ que dictamin¢ el mi’rcoles 13, pero que se dio a conocer reci’n el jueves, establece que las detenciones no corresponden ya que «no se persigue la sanci¢n penal de los responsables», y que tales arrestos podr¡an ser considerados «verdaderas sentencias sin causa penal que los justifique».
M¢nica Escayola
Corresponsal Informativos.Net en Am’rica Latina
