Más de 700 personas, colombianos y colombianas, dejan sus casas. durante 1999. Esa movilización forzada provoca que cada día lleguen a las ciudades más y más desplazados en busca de oportunidades. Ya en la ciudad, hombres y mujeres desplazados solo cuentan con la asistencia de la Cruz Roja, que les provee alimentos para 90 días.
La Corte Constitucional de Colombia dio 3 meses al Presidente Pastrana para que reglamente la ley 387/97. Además le otorgó 180 días para aplicar las medidas contempladas en esa Ley. Esa norma garantiza los derechos de vivienda, salud y educación de los desplazados.
Según la Corte, la Nación debe asumir los costos de atención de los desplazados por la violencia. Sin embargo, la Corte reconoció que el problema desbordó la capacidad del Estado, por lo que pidió la cooperación de Organismos No Gubernamentales y Agencias Internacionales.
La Corte comenzó calificando el desplazamiento forzado como un problema de orden social y económico. Tambi’n recomend¢ que se otorgue prevalencia al tema de la humanizaci¢n del conflicto interno de Colombia en las conversaciones de paz. (Co/QR/Au-Ci/Cs-Am-Dh/pt).
Ana Luc¡a Gonz lez
