Entre legisladores profundamente sospechados y jueces federales cuyas cabezas están más cerca del cadalso que del paraíso, la inactividad iba camino a convertirse en una amplia red de impunidad.
Exigidos por una sociedad que descree de los políticos y los magistrados, en un porcentaje que supera el 80%, las dos cámaras legislativas lograron en menos de dos días lo que no pudieron (o no quisieron) a lo largo de una década de menemismo. La Ley de Régimen de Inmunidades, que reglamenta las condiciones y requisitos para retirar los fueros de legisladores, magistrados y funcionarios, fue parida a los apurones.
EN EL FONDO, SIMPLE MAQUILLAJE
En la Argentina hay un refrán muy popular que dice ôhagamos cambios para que nada cambieö. Esta parece haber sido la premisa que se impusieron los diputados y los senadores para redactar un texto legal que fue votado, por abrumadora mayoría, en sólo 14 horas.
El pasado jueves 7 del corriente, desde el mediodía (hora local) y en una sesi¢n de 4 horas, la C mara Baja (diputados) logr¢ consensuar una ley que, en sus aspectos m s sobresalientes, establece lo siguiente:
a) los jueces pueden someter a proceso a legisladores y funcionarios del Poder Ejecutivo y Poder Judicial, con la onica limitaci¢n del arresto.
b) S¢lo proceder el desafuero, ante la necesidad del juez de dictar la prisi¢n preventiva o que el funcionario requerido se niegue a prestar declaraci¢n.
c) Aon en caso de ser procesado, el legislador que se encuentre en esa situaci¢n, podr seguir en su banca hasta que se solicite su desafuero para dictarle la ya referida prisi¢n preventiva.
d) Tampoco podr n allanarse domicilios u oficinas de un funcionario, ni realizar escuchas telef¢nicas judiciales, sin haber solicitado el pertinente desafuero.
Para decirlo en un lenguaje m s llano, los jueces siguen con las manos atadas, pero con las cuerdas un poco m s aflojadas.
+TODOS IGUALES ANTE LA LEY?
Est claro que la ley aprobada no les permitir arg_ir excusas a aquellos magistrados que tengan intenciones de no avanzar en las investigaciones, y mucho menos, mandar al archivo los expedientes que comprometan a los funcionarios.
Sin embargo, el mensaje que la sociedad percibe resulta insuficiente. La extra_a mano de la justicia no actoa de igual manera para el resto de los mortales, ya que muchos consideran que se vulnera uno de los preceptos fundamentales de la Carta Magna argentina. As¡ se desprende de lo que establece el art. 16 de la Constituci¢n Nacional, al expresar t citamente que «La Naci¢n Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento; no hay en ella fueros personales ni t¡tulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condici¢n que idoneidad.
La igualdad es la base del impuesto y de las cargas poblicas».
Los legisladores que son criticados por no hacer cumplir este principio b sico constitucional, suelen recurrir a dos art¡culos de esa misma Constituci¢n tratando de justificar sus ya cuestionados privilegios. El art. 68 dice que «Ningon miembro del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempe_ando su mandado de legislador». Pero no conformes con esta ventaja legal sobre el resto de la sociedad, recuerdan a quien los quiera escuchar que el art. 69 es m s expl¡cito: «Ningon senador o diputado, desde el d¡a de su elecci¢n hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecuci¢n de algon crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dar cuenta a la C mara respectiva con la informaci¢n sumaria del hecho».
M s all de esta vergonzante exclusividad con la que cuentan quienes, en realidad, deber¡an ser los primeros en dar ejemplo de modestia y dignidad, hay una cuesti¢n que no puede soslayarse. Y es el punto d) que describ¡amos en p rrafos anteriores.
Es una falta de seriedad y respeto a las condiciones del buen proceso judicial que cualquiera sea avisado que le van a allanar su casa o que le van a «pinchar» su tel’fono para saber el tenor de sus conversaciones. Quien redact¢ esta parte de la ley que establece el R’gimen de Inmunidades parece m s infradotado que aquellas personas que, lamentablemente, sufren el tr gico S¡ndrome de Down. Hasta puede decirse que es m s infantil que cualquier juego de preescolares.
LA P¨SIMA COSTUMBRE
Si es cierto que el hombre es un animal de costumbres, m s lo es que los argentinos nos regodeamos en las p’simas.
Desde muy peque_os nos ense_an que para conseguir algunas ventajitas hay que ubicarse «en la vereda del sol», es decir, all¡ donde el poder o los poderosos son capaces de doblegar hasta las m s f’rreas voluntades. Y si para eso hay que trampear o traicionar, todo vale. A la hora de traicionar las promesas de campa_a electoral, los pol¡ticos argentinos suelen ocupar habitualmente la «pole position», logrando los mejores registros de corrupci¢n y deslealtad. As¡ qued¢ demostrado, entonces, en la sanci¢n de la ley que aqu¡ comentamos, con el «patri¢tico» destino de permitir que se ahonde en la investigaci¢n judicial sobre los supuestos sobornos en el Senado.
Una t¡pica ley argentina; con el dise_o exacto para perfeccionar la impunidad. La actitud de los argentinos se parece a la acci¢n del escorpi¢n que quer¡a cruzar el r¡o y termin¢ matando a la rana que se lo hac¡a posible. Parafraseando al escorpi¢n podr¡a decirse: «¥Ser impune!; +qu’ se va a hacer? Es nuestra naturaleza».
Daniel Eduardo RAddi
Corresponsal INformativos.Net en Am’rica Latina
