• Quienes somos
  • Nuestra Historia
  • Contactar
  • Políticas de Privacidad
  • Políticas IA
  • FUNDACIÓN
Informativos.Net
Medio online independiente desde 1999
Informativos.Net
  • Inicio
  • Life Style Magazine
  • Editorial
  • Secciones
    • Actualidad
    • Cultura
    • Entrevistas
    • Fake News
    • Gastronomia-Vinos
    • LifeStyle & Destinos
    • Medio Ambiente y Renovables
    • Seguridad, Autoprotección y emergencias
    • Salud
  • Archivo
    • Otros Paises
    • Panorama Mundial
    • Música
    • Noticias Curiosas
    • Cine
    • Empresas
    • Motor
    • Opinión del Lector
    • Chile
    • Catalunya
    • Publi-Reportajes
    • Tecnología
    • Vela
  • Políticas IA
  • Autores
    • Gema Castellano
    • Jose Escribano
    • Abel Marín
    • Christian Correa
    • Gustavo Egusquiza
    • Jesús Belenguer
    • Jose Anastasio Urra Urbieta
  • Sobre Gema Castellano
Denuncias

CREACIÓN DE LA COMISIÓN DE LA VERDAD EN CHILE

escrito por Jose Escribano 30 de junio de 2001
0FacebookTwitterPinterestLinkedinRedditWhatsappTelegramEmail
173

Este documento fue entregado simultáneamente a organismos internacionales, especialmente en el Palacio de las Naciones en Ginebra. Para la ODEP ésta iniciativa constituye un importante avance en el reconocimiento de las violaciones a los derechos humanos que sufrieron alrededor de 400 mil personas. Esperamos que dicha iniciativa contribuya, además, a erradicar definitivamente la práctica de la tortura, aún vigente en Chile, como lo confirman las denuncias de torturas presentadas ante los tribunales de justicia y organismos internacionales por los presos políticos y las denuncias de los presos comunes movilizados en los distintos penales del país. Fraternalmente
Organización de Defensa Popular

Demanda nacional e internacional:

Creación de una Comisión de Verdad, Justicia y Reparación para los sobrevivientes de Tortura en Chile.

1. El 25 de abril de 1990, el gobierno del presidente Patricio Aylwin creó por Decreto Supremo una Comisión de Verdad y Reconciliación. En el Art¡culo Primero de dicho Decreto se lee: «Cr’ase una Comisi¢n Nacional de Verdad y Reconciliaci¢n que tendr  como objeto contribuir al esclarecimiento global de la verdad sobre las m s graves violaciones a los derechos humanos cometidas en los oltimos a_os, sea en el pa¡s como en el extranjero…Para estos efectos, se entender  por graves violaciones las situaciones de detenidos desaparecidos, ejecutados y torturados con resultado de muerte, en que aparezca comprometida la responsabilidad moral del Estado, por actos de sus agentes o de personas a su servicio».

2. En consecuencia, las personas torturadas que quedaron con vida fueron excluidas de todo conocimiento, de toda justicia y no obtuvieron una reparaci¢n integral. Esto es m s grave aon, puesto que el propio Informe de la Comisi¢n describe la magnitud que este crimen de lesa humanidad, alcanz¢ a la poblaci¢n chilena y que. segon ella misma, se realiz¢ con el prop¢sito de: «…obtener informaci¢n de parte de la v¡ctima, sea que se aplicara para doblegar su resistencia, o para asegurarse de la veracidad de lo que ya hab¡a declarado. Un segundo prop¢sito era el de quebrar su resistencia o su entereza f¡sica o moral, as¡ como atemorizar directamente a otros que presenciaban u o¡an las torturas e intimidar a terceras personas que eventualmente supieran de ellas».

Luego la Comisi¢n describe las innumerables t’cnicas de tortura f¡sica, psicol¢gica, biol¢gica y sexual que se cometieron con los prisioneros pol¡ticos.

M s adelante, la Comisi¢n explica indirectamente el por qu’ no consider¢ en su Informe a los sobrevivientes de tortura: «Que para satisfacer sus objetivos la tarea de esas personas ha de cumplirse en un lapso relativamente breve, lo que exige limitarla a los casos de desaparici¢n de personas detenidas, ejecuciones, torturas con resultado de muerte». Es decir, excluy¢ uno de los m s graves cr¡menes: la tortura y los que sobrevivieron a ella.

3. Inmediatamente despu’s del 11 de septiembre de 1973, organismos internacionales: el Comit’ Internacional de la Cruz Roja, Amnist¡a Internacional, las Naciones Unidas que nombraron Comisiones ad hoc para investigar lo que suced¡a en Chile y la Organizaci¢n de Estados Americanos, OEA, pudieron comprobar la existencia y extensi¢n de la prisi¢n y la tortura en Chile. Segon estos organismos internacionales, aproximadamente 50.000 personas sufrieron prisi¢n y tortura, s¢lo entre los meses de septiembre a diciembre de 1973.

4. Desde el mismo 11 de septiembre de 1973, equipos nacionales de m’dicos, psic¢logos, asistentes sociales y abogados as¡ como centros internacionales que dieron atenci¢n a los sobrevivientes que llegaron al exilio, pudieron comprobar los graves traumas, no s¢lo individual, sino tambi’n familiar y social que la tortura hab¡a producido. A consecuencia de la marginaci¢n, desconocimiento, negaci¢n, impunidad y casi nula reparaci¢n, este flagelo ha permanecido en el tiempo y se ha hecho evidente luego de la detenci¢n de Pinochet en Londres. Se han interpuesto querellas por torturas y actualmente se han iniciado juicios con demandas civiles para reparar el da_o.

5. El nomero de personas torturadas segon organismos nacionales como internacionales es superior a los 300.000 casos durante los 17 a_os de dictadura militar en Chile.

6. Por tanto, el reconocimiento por parte del Estado y la sociedad chilena de este crimen es imprescindible para reparar los traumas f¡sicos, mentales, morales y sociales que constituyen sus secuelas y lograr la verdad, aplicar la justicia y sobre todo reparar a las v¡ctimas de tortura.

El Estado est  en la obligaci¢n de terminar con el silencio y la marginaci¢n en que los sobrevivientes de tortura han vivido durante estos a_os. Adem s debe respetar la jurisdicci¢n nacional e internacional reconociendo este crimen como inamnistiable e imprescriptible.

La Repoblica de Chile ratific¢ en 1972 el Pacto Internacional de «Derechos Civiles y Pol¡ticos», el cual condena expresamente la tortura.

El 26 de noviembre de 1988 ratific¢ la «Convenci¢n contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes», cuyo art¡culo 12 se_ala: «Todo Estado parte velar  por que, siempre que haya motivos razonables para creer que dentro de su jurisdicci¢n se ha cometido un acto de tortura, las autoridades competentes proceder n a una investigaci¢n pronta e imparcial». En el art¡culo 13, se lee: «Todo Estado parte velar  por que toda persona que alegue haber sido sometida a tortura en cualquier territorio bajo su jurisdicci¢n tenga derecho a presentar una queja y a que su caso sea pronta e imparcialmente examinado por sus autoridades competentes. Se tomar n medidas para asegurar que qui’n presente la queja y los testigos est’n protegidos contra malos tratos o intimidaci¢n como consecuencia de la queja o del testimonio prestado». Y en su art¡culo 14 : Todo Estado velar  por que su legislaci¢n garantice a la v¡ctima de un acto de tortura la reparaci¢n y el derecho a una indemnizaci¢n justa y adecuada, incluidos los medios para su rehabilitaci¢n lo m s completa posible».

Igualmente el Diario Oficial de la Repoblica de Chile, public¢ el 26 de noviembre de 1988, «La Convenci¢n Interamericana para prevenir y sancionar la tortura». Esta Convenci¢n se_ala en su art¡culo 1¡ «Los Estados partes se obligan a prevenir y sancionar la tortura» se_alando en el art¡culo 6 que: «Los Estados partes tomar n medidas efectivas para prevenir y sancionar la tortura en el  mbito de su jurisdicci¢n», y en el art¡culo 8¡ se_ala que: «Los estados partes garantizar n a toda persona que denuncie haber sido sometida a tortura en el  mbito de su jurisdicci¢n, el derecho a que el caso sea examinado imparcialmente».

7. En 1996 el Relator Especial de las Naciones Unidas, se_or Nigel S. Rodley, luego de su visita a Chile, entreg¢ a la Comisi¢n de Derechos Humanos, con fecha 4 de enero de 1996, su Informe sobre la «Cuesti¢n de los DDHH de todas las personas sometidas a cualquier forma de detenci¢n o prisi¢n y, en particular, la Tortura y Otros Tratos y Penas Inhumanos y Degradantes». En el punto U de las Recomendaciones, se lee: «Todas las denuncias de tortura practicadas desde septiembre de 1973, deber¡an ser objeto de una investigaci¢n poblica exhaustiva, similar a la realizada por la Comisi¢n Nacional de Verdad y Reconciliaci¢n respecto de las desapariciones forzadas y las declaraciones extrajudiciales. Cuando las pruebas lo justifiquen -y, dado el per¡odo de tiempo transcurrido desde las peores pr cticas del gobierno militar, ello ser¡a sin duda, raro-, los responsables deber¡an comparecer ante la justicia, salvo en los casos en que los delitos hayan prescrito (Prescripci¢n)».

8. Es por todo lo anterior que la Agrupaci¢n de ex presos pol¡ticos de Chile, la Fundaci¢n de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas, FASIC, la Corporaci¢n de Promoci¢n y Defensa de los Derechos del Pueblo, CODEPU, el Centro de Salud Mental y Derechos Humanos, CINTRAS, la Fundaci¢n de Protecci¢n a la Infancia Da_ada por los Estados de Emergencia, PIDEE, el Servicio de Paz y Justicia, SERPAJ, el Instituto Latinoamericano de Salud Mental, ILAS y Amnist¡a Internacional, Secci¢n Chilena, organizaciones de derechos humanos de Chile junto a numerosas personalidades del mundo religioso, cultural, social, pol¡tico que se han constituido como una Comisi¢n Etica, han iniciado un estudio sobre las v¡ctimas de tortura y las consecuencias de ella durante la dictadura militar: 1973-1990, a fin de entregar estos antecedentes al Estado.

9. Tenemos la convicci¢n absoluta que el gobierno actual se har  cargo de esta importante iniciativa: la creaci¢n de una Comisi¢n de Verdad, Justicia y Reparaci¢n, con amplias atribuciones, que en un plazo determinado de tiempo investigue el tema y entregue una respuesta de reparaci¢n moral, social y econ¢mica para las v¡ctimas de la tortura.

Autor

  • JAE
    Jose Escribano

    Responsable de Contenidos en Informativos.Net

    Ver todas las entradas
anterior
+ ERES USUARIO O EXPERTO?
siguiente
TODO LO QUE COMO EMPRESARIO DEBE SABER SOBRE CHILE

También te puede interesar

Las Juntas Arbitrales de Consumo resuelven más del...

14 de enero de 2025

Survival denuncia que la policía está involucrada en...

11 de febrero de 2012

#megacomplaint: el hashtag de los afectados por el...

23 de enero de 2012

Búsqueda de familias que escaparon del Holocausto Nazi...

11 de enero de 2012

Un gobierno en funciones no puede aprobar hoy...

2 de diciembre de 2011

CrimeStoppers: Llamamiento para la busca y captura de...

21 de octubre de 2011

Los partidos minoritarios no saben si se presentan...

14 de septiembre de 2011

USA: Millenium Telecard Inc expedientada por la Comisión...

1 de agosto de 2011

Comunidades de propietarios y protección de datos

29 de junio de 2011

COLABORA CON NUESTRA FUNDACIÓN

https://t.me/informativosnet

Nos cuidan…


  • Facebook
  • Twitter
  • Instagram
  • Linkedin
  • Youtube
  • Email
  • Spotify
  • Whatsapp
  • Telegram
  • Rss

© 1999-2025 • Fundación Informativos.Net


Ir arriba
Informativos.Net
  • Inicio
  • Life Style Magazine
  • Editorial
  • Secciones
    • Actualidad
    • Cultura
    • Entrevistas
    • Fake News
    • Gastronomia-Vinos
    • LifeStyle & Destinos
    • Medio Ambiente y Renovables
    • Seguridad, Autoprotección y emergencias
    • Salud
  • Archivo
    • Otros Paises
    • Panorama Mundial
    • Música
    • Noticias Curiosas
    • Cine
    • Empresas
    • Motor
    • Opinión del Lector
    • Chile
    • Catalunya
    • Publi-Reportajes
    • Tecnología
    • Vela
  • Políticas IA
  • Autores
    • Gema Castellano
    • Jose Escribano
    • Abel Marín
    • Christian Correa
    • Gustavo Egusquiza
    • Jesús Belenguer
    • Jose Anastasio Urra Urbieta
  • Sobre Gema Castellano