La decisión de la CIDH es inédita. No sólo es éste el primer caso de violencia policial del continente que llega a la Corte Interamericana sino que, además, los jueces deberán analizar ôlos graves patrones de las policías argentinas, como las razzias, las torturas y las muertes en comisaríasö, según aseguró a este diario Víctor Abramovich, director ejecutivo del CELS, uno de los organismos denunciantes.
Fue el 19 de abril de 1997, después de una de las marchas en las que miles de jóvenes pedían justicia por Walter. Ese día la abogada María del Carmen Verdú, de la Correpi, anunció junto a los familiares del chico que ante la inmovilidad judicial denunciarían el crimen ante la CIDH. El caso era particular para ese trámite. Se supone que la Comisión interviene cuando se agotan las instancias de la Justicia nacional, como ocurrió -sin la segunda apelaciónû con el caso Tablada, o en las desapariciones de los jóvenes mendocinos Garrido y Baigorria, y Pablo Guardatti. ôEn este caso ni siquiera ha habido sentencia. La investigaci¢n fue un fracaso porque fue tan lenta que hasta hoy no existe el pronunciamiento de si hubo o no delito», le dijo ayer a P gina/12 Andrea Pochat, abogada del CELS.
Walter Bulacio ten¡a 17 a_os, so_aba con un viaje de egresados a Bariloche, y por eso hab¡a comenzado a trabajar como caddy en el Club Municipal de Golf de Aldo Bonzi, donde viv¡a con sus padres, Graciela y V¡ctor. El viernes 19 parti¢ hacia el barrio de No_ez. Los Redondos tocaban en Obras Sanitarias. Cuando lleg¢, ya no hab¡a entradas. A las diez de la noche, la polic¡a hizo una razzia con carros, perros y bastonazos. Los testimonios coinciden en que un centenar de j¢venes fueron apaleados. Setenta y tres de ellos fueron detenidos y trasladados en colectivos de la Polic¡a Federal a la comisar¡a 35. Walter y diez chicos m s fueron alojados en una celda que llevaba el eufem¡stico nombre de «sala de menores». Ningon juez fue avisado de su detenci¢n. Ni en ese momento ni cuando se descompuso, y vomit¢ en la seccional. Luego lo llevaron al hospital. Muri¢ cinco d¡as m s tarde. El responsable del operativo era el comisario Miguel Esp¢sito, a quien luego el polic¡a Fabi n Sliwa se_al¢ como el que golpe¢ con un bast¢n en la cabeza al adolescente.
El planteo de Verdo en el escrito inicial a la CIDH se_ala la violaci¢n no s¢lo del derecho a la vida, a la libertad personal -los detenidos en el recital fueron presos s¢lo por esperar en la puerta-, sino tambi’n al «recurso sencillo y efectivo», o sea, la administraci¢n de justicia para los familiares demandantes. En abril de 1996, la Fiscal¡a solicit¢ 15 a_os de prisi¢n para el comisario Esp¢sito, pero todav¡a no se lo condena ni se lo absuelve del delito de «privaci¢n ilegal de la libertad», el onico que se le imput¢ por las detenciones sin causa de aquel d¡a de rock y furia. «Cuando el procedimiento ha sido particularmente largo, es el Estado denunciado el que debe dar explicaciones sobre la duraci¢n del proceso», se lee en el documento presentado hace tres a_os ante la CIDH. El proceso judicial puesto en marcha en la Comisi¢n oblig¢ al Estado argentino a una instancia de negociaci¢n amistosa con los familiares del joven en 1999. Su madre -el padre falleci¢ en medio de la tristeza en abril del 2000- pidi¢ antes de hablar de una indemnizaci¢n que se derogaran las normas que facultan a la polic¡a a detener personas arbitrariamente.
Ese fue un punto infranqueable. Por ello la demanda continu¢ adelante, en secreto, camino a la Corte. La decisi¢n de la CIDH es un hito en la historia de los derechos humanos en Latinoam’rica. Hasta el momento, la mayor¡a los casos que son elevados a la Corte han sido violaciones cometidas por gobiernos dictatoriales o en democracias tuteladas como la peruana. La Polic¡a Federal debuta en el estrado m s importante del continente con el caso Bulacio. «Es un paso extremadamente importante -sostuvo ayer Abramovich, del CELS-. La Corte va a discutir la pr ctica de las razzias, las detenciones masivas de personas, adem s de otras cuestiones sumamente importantes como las obligaciones del Estado cuando tiene en custodia a menores.» Los jueces que analizar n el caso en Costa Rica, sede de la Corte, pueden obligar al Estado no s¢lo a indemnizar a la familia y a investigar el crimen sino a modificar las leyes que, como la ley 23.950 de averiguaci¢n de antecedentes, habilitan a la polic¡a a detener ciudadanos con arbitrariedad y sin controles.
Cristian Alarc¢n