En ese sentido, De la Torre, expresó que «no corresponde al TC disponer que se publique o no en el Registro Oficial determinados proyectos de ley. El TC sólo puede actuar en base a las potestades que le confiere el artículo 266 de la Constitución»,
El funcionario, asimismo indicó que TC no puede adelantar criterios sobre un tema en el cual a posteriori podrían presentarse demandas de inconstitucionalidad y de competencia. Al tiempo, indicó que la resolución adoptada sería entregada al vicepresidente del Congreso, Antonio Posso, quien formuló tal petición.
La resolución fue adoptada por unanimidad, es decir por los 9 vocales presentes, precisó, el funcionario y reiteró que «el TC no puede anticipar ningún criterio porque podría venir una demanda de inconstitucionalidad o conflictos por competencia».