Juan Milito, presidente del Centro de Almaceneros, Autoservicios y Comerciantes Detallistas de Rosario, Juan Milito, señaló en declaraciones periodísticas que habían iniciado una ronda de consultas con funcionarios del Ministerio de la Producción y de la Legislatura santafesina.
ôLo interesante de esa ley (la bonaerense) es que no sólo pone límites a la radicación de grandes superficies, sino que avanza en la regulación de las tiendas de descuentos, es decir las nuevas formas de comercialización desarrolladas por las grandes cadenas», indicó Milito.
Vale destacar que la ley bonaerense regula dos modalidades de expansión de las cadenas comerciales: por un lado la radicación de grandes superficies y por otro a las cadenas de distribución de productos de la alimentación, indumentaria, electrodomésticos y materiales para la construcción.
El representante de los pequeños comerciantes destacó, con relación al marco legal de la provincia más poblada de la Argentina, ôesto es importante porque la nueva cara de los grandes grupos pasa por las famosas ‘hard discount’, que son locales chicos en dimensiones pero tan nocivos para el comercio local como los grandes hiper».
En ese sentido, la normativa legal restringe la radicaci¢n de bocas de expendio minorista con superficies superiores a 1800 metros cuadrados en localidades con m s de 300 mil habitantes y a las cadenas que cuenten con m s de tres locales en un municipio de similares caracter¡sticas.
Asimismo, la ley obliga a la radicaci¢n de los hiper en las afueras de la ciudad, con la sola excepci¢n a aquellos que no comercialicen productos alimenticios o indumentarias.
No obstante, para poder concretarlo, en estos oltimos casos deben cumplir con una serie de requisitos: comercializar como m¡nimo un 50% de productos de origen nacional, fomentar el empleo local, contar con un programa de desarrollo de proveedores y contemplar como plazos de pago un lapso que no supere los 120 d¡as.