La detención provisional de los oficiales militares José Nino Gavazzo, Manuel Cordero, Jorge Silveira y del oficial policial Hugo Campos Hermida podría constituir un primer paso hacia su posible extradición a Argentina.
Según el exhorto del juez federal argentino Rodolfo Canicoba Corral, los cuatro oficiales presuntamente participaron en la desaparición forzada de más de 20 ciudadanos uruguayos en territorio de la República Argentina como parte del denominado «Plan Cóndor». Este plan fue concertado entre los gobiernos dictatoriales argentino, chileno, uruguayo, paraguayo, boliviano y brasileño para acabar con la «subversión» durante la década de los 70 y principios de los 80.
«La reciente decisión del juez argentino constituye una oportunidad para derrumbar el muro de impunidad que por más de dos décadas ha amparado a los responsables de decenas de ‘desapariciones’ en Uruguay,» afirmó Amnistía Internacional, al recordar que la propia Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) ha considerado la desaparici¢n forzada como una «afrenta a la conciencia del hemisferio».
«La desaparici¢n forzada es un crimen internacional, cuya pr ctica sistem tica constituye adem s un crimen contra la humanidad,» agreg¢ Amnist¡a Internacional.
Tanto Argentina como Uruguay son estados parte de la Convenci¢n Interamericana sobre Desaparici¢n Forzada de Personas, en la cual se caracteriza a esta repudiable pr ctica como delito continuado o permanente mientras no se establezca con certeza el destino o paradero de la v¡ctima.
Los Estados partes de esta Convenci¢n tienen la solemne obligaci¢n de «cooperar entre si para contribuir a prevenir, sancionar y erradicar» dicho delito. Los Estados tienen la obligaci¢n de extraditar a los presuntos responsables a los Estados que lo requieran para juzgarlos, y en caso de no proceder a ello tienen la obligaci¢n de llevarlos ante sus propios tribunales.
«Uruguay debe actuar en consecuencia con sus ineludibles compromisos jur¡dicos en este sentido,» enfatiz¢ la organizaci¢n de derechos humanos, lamentando al mismo tiempo que el estado uruguayo ha empleado la Ley de caducidad de la pretensi¢n punitiva del Estado como escudo para dejar en la impunidad las graves violaciones a los derechos humanos cometidas bajo el gobierno militar.
Conforme a esta ley (Ley 15.848) entrada en vigor en 1986, es imposible procesar y sancionar al personal militar y policial responsable de violaciones de derechos humanos cometidas antes del 1 de marzo de 1985.
Tanto el Comit’ de Derechos Humanos de la ONU, como la Comisi¢n Interamericana de Derechos Humanos, han especificado en reiteradas ocasiones que esta ley es contraria a las obligaciones del Estado uruguayo bajo el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol¡ticos y la Convenci¢n Americana sobre Derechos Humanos. A su vez, una reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en un caso peruano, es enf tica en declarar inv lida toda ley que otorgue amnist¡a o impunidad a los responsables de violaciones de derechos humanos.
«Es imprescindible que la comunidad internacional continoe presionando para que se esclarezcan las graves violaciones de los derechos humanos cometidas en Uruguay y para que se lleve a los responsables ante la justicia,» manifest¢ Amnist¡a Internacional.
«Las autoridades del Uruguay tienen ahora la oportunidad de demostrar que est n realmente comprometidas con el respeto y la protecci¢n de los derechos humanos, y que honrar n sus obligaciones internacionales brindando la debida cooperaci¢n al pedido del juez argentino,» concluy¢ la organizaci¢n.
INFORMACI.N GENERAL
En el marco de la causa sobre el Plan C¢ndor, el 10 de julio, el juez federal argentino Rodolfo Canicoba Corral, tambi’n orden¢ la prisi¢n preventiva del ex Presidente de la primera junta militar que gobern¢ Argentina, Jorge Rafael Videla, por su supuesta participaci¢n en el Plan C¢ndor . Los cargos contra Jorge Rafael Videla, como miembro de la «asociaci¢n il¡cita agravada», resultan de la querella criminal iniciada en noviembre de 1999 por cinco familiares de v¡ctimas de violaciones de derechos humanos.
Videla est cumpliendo arresto domiciliario desde junio de 1998 por la adopci¢n ilegal de ni_os cuyos padres «desaparecieron» entre 1976 y 1978 tras haber sido secuestrados por las fuerzas de seguridad.
AMNISTÖA INTERNACIONAL