La asociación, quiere hacer especial hincapié en el hecho de que la nueva normativa supone la consolidación del marco autorregulador vigente entre las empresas pertenecientes a la Asociación. En especial, los cambios introducidos por la Orden Ministerial en cuanto a información al consumidor sobre precios y contenidos, recogen los mismos aspectos incluidos en el Código de Conducta de AESAM, que obliga a los miembros de la Asociación a informar a los usuarios de los datos de contacto del proveedor del servicio, así como de los precios y los mecanismos para darse de baja en el caso de los servicios de suscripción. Sobre estos últimos, el Ministerio establece la obligación de armonizar los mecanismos de alta y baja, algo que ya establece el Código de Conducta de la organización.
En su opinión, resulta especialmente importante para los consumidores la prohibición del encadenamiento de mensajes. Esta petición, realizada en numerosas ocasiones por la Asociación, ha podido ser recogida en la normativa gracias a la nueva disponibilidad de mensajes SMS Premium de precio más elevado para proporcionar servicios de mayor valor añadido.
El respaldo de la Asociación a la Orden Ministerial no es obstáculo, sin embargo, para recordar que existen multitud de factores que diferencian los SMS Premium de los servicios de tarificación adicional en telefonía fija. AESAM insiste en la diferenciación entre ambos porque, a diferencia de aquellos, la tarificación de los servicios SMS Premium es unitaria, está asociada a un evento y su duración no puede ser indeterminada ni está vinculada al tiempo.
Fundada en septiembre de 2002, AESAM (Asociación de Empresas de Servicios a Móviles) es una asociación de empresas de carácter abierto cuyo principal objetivo es promover el desarrollo y el crecimiento del mercado de las tecnologías, los servicios y los contenidos para teléfonos móviles. En la actualidad, las compañías que forman parte de AESAM gestionan más del 80% del tráfico de mensajes SMS Premium en España.