A partir de 2024, el régimen de deducciones fiscales para donaciones a entidades de interés público en España ha mejorado notablemente, beneficiando tanto a donantes particulares como a empresas. Estos cambios se implementaron bajo la Ley 49/2002, modificada recientemente para fomentar el mecenazgo y asegurar que las contribuciones tengan un impacto social positivo y demostrable. A continuación, detallamos los nuevos porcentajes y ventajas fiscales que se aplican a las donaciones realizadas a organizaciones reconocidas.
En este tipo de casos en los que surgen iniciativas que bien podríamos calificar de oportunistas o, directamente, estafas es importante evitar donar a personas físicas o asociaciones no declaradas de utilidad pública
Donar a entidades sin fines de lucro reconocidas como de interés público asegura que el apoyo económico se destine directamente a quienes lo necesitan, en este caso, los afectados por la DANA en Valencia. Las fundaciones y ONG emplean estos recursos en proyectos y ayudas directas, como la distribución de alimentos, atención sanitaria, reconstrucción de infraestructuras, apoyo psicológico, y otros servicios esenciales. Además, estas entidades están sometidas a estrictas normativas de transparencia, que incluyen auditorías externas y la publicación de informes detallados. Esto garantiza que cada euro donado se utilice de manera eficiente.
Seleccionando una fundación podemos dirigir cómo destinar nuestra ayuda; por ejemplo en el caso de que queramos que nuestra ayuda vaya a organizaciones animalistas, de atención sanitaria, ayuda infantil, alimentación, asistencia psicológica, etc. podemos seleccionar la entidad que queremos que gestione nuestra donación.
Nuevos porcentajes de desgravación fiscal en 2024
Donar a una cuenta corriente o una organización que no está declarada de interés público, como sí lo están las fundaciones y oenegés implica perder importantes beneficios fiscales que de otra forma se pierden y que oscilan entre el 80% y el 40% del importe de la donación. Además el proceso es totalmente transparente ya que al hacer la donación se emite un certificado de la misma, la organización reporta trimestralmente los importes al Ministerio de Hacienda Pública que, a su vez, aplica la desgravación correspondiente de forma automática a las declaraciones del contribuyente -aunque nunca está de más comprobarlo en el borrador- permitiendo recuperar hasta el 80% en donaciones hasta 250€.
La organización recibe el importe íntegro pero gracias a la desgravación una donación de 250€ queda en sólo 50€ si se realiza a una fundación.
- Para las personas físicas (IRPF):
- 80% de deducción para los primeros 250 euros donados. Este aumento de la base deducible inicial (anteriormente, era hasta 150 euros) permite que las donaciones pequeñas obtengan un mayor retorno fiscal.
- 40% de deducción para el resto del importe donado. Esto aplica a cualquier cantidad superior a los 250 euros en donaciones únicas.
- 45% de deducción en donaciones recurrentes. Si el donante ha contribuido a la misma entidad con el mismo o mayor importe durante al menos tres años consecutivos, el porcentaje aplicable al exceso sobre los 250 euros sube a un 45%
- Para empresas (Impuesto de Sociedades):
- 40% de deducción sobre la cantidad donada.
- 50% en aportaciones recurrentes (durante tres años consecutivos, iguales o superiores en cada ejercicio). Este aumento fomenta la fidelidad en el apoyo a causas concretas.
- Límite incrementado al 15% de la base imponible de la empresa en el período fiscal. Las cantidades no deducibles pueden aplicarse durante los diez ejercicios siguientes, maximizando la deducción futura
Como podemos ver, la misma ayuda canalizada a través de las organizaciones adecuadas permite maximizar nuestra acción.
Más información detallada con ejemplos en este post de Ramón Pérez-Lucena
Colaborar con servicios profesionales o donaciones en especie
Colaborar profesionalmente con una fundación sin ánimo de lucro no solo permite aportar a una causa social, sino que también ofrece beneficios fiscales significativos. En España, las empresas y profesionales autónomos pueden deducirse un porcentaje de la aportación en el Impuesto sobre Sociedades o el IRPF, siempre que la colaboración se traduzca en un servicio profesional valorado económicamente. Esta deducción puede alcanzar hasta el 40% de la aportación, dependiendo del tipo de actividad y la duración del vínculo, lo que representa un incentivo económico importante.
Para ello debemos contar con un convenio de colaboración entre la fundación y el profesional que garantice este marco y ofrezca la seguridad jurídica necesaria pretendida por el legislador para este tipo de ayudas económicas, a la vez que otorgan un incentivo fiscal atractivo permitiendo la deducibilidad de los gastos incurridos en dichas prestaciones. Ahora bien, se puntualiza que las prestaciones incentivadas deben realizarse en el seno de la actividad desarrollada por el colaborador -puesto que carecería de sentido que aquellas se desarrollaran al margen de su actividad- y sin contar con los medios necesarios para ello, ya que supondría unos costes adicionales al colaborador y desvirtuaría por otra parte la finalidad perseguida por el convenio.
Más información: Beneficios fiscales de las donaciones en especie a Fundaciones | Abogado de Fundaciones
Cesión de bienes muebles o inmuebles
La cesión de uso de un bien mueble o inmueble sin contraprestación como tipología específica de donativo que puede generar la deducción. Y se precisa la valoración de la cesión de uso de bienes muebles o inmuebles, en la que se deberá tener en cuenta los gastos incurridos por el cedente durante cada año de cesión, los cuales hubieran sido fiscalmente deducibles de haberse cedido el uso de manera onerosa. Dado que tales ayudas en especie podrían dar lugar a rentas que se pusiesen de manifiesto en sede del colaborador en el momento de su entrega, la Ley exime de tributación tales rentas en la imposición personal del colaborador.
Más información: Nueva Ley de Mecenazgo | Enero 2024 | Abogado de Fundaciones
Fundaciones y ONG que trabajan en la DANA de Valencia
Para colaborar con las comunidades afectadas y beneficiarse de deducciones fiscales, considere realizar donaciones a alguna de las siguientes organizaciones activas en la zona:
- Cruz Roja Española: «Colabora con Cruz Roja en la Emergencia provocada por las inundaciones causadas por la DANA»
- Cáritas Española: «Graves inundaciones en España. Cientos de familias lo han perdido todo. Te necesitamos para ayudarles a reconstruir sus vidas.»
- OXFAM Intermón España: «Ayuda a las personas vulnerables afectadas por la DANA en España…»
- Fundación Mensajeros de la Paz: «Solicitud de ayuda urgente para las víctimas de las inundaciones en Valencia, Andalucía y Castilla —La Mancha.»
- Save the Children España: «Ayuda a los niños y niñas afectados por la DANA…»
- Federación Española de Bancos de Alimentos: «Estamos recogiendo fondos para comprar y distribuir suministros.»
- Fundación Entreculturas: «La Compañía de Jesús hace un llamamiento a aunar esfuerzos.»
- Fundación MAPFRE: «Cada donación cuenta para quienes lo han perdido todo.»
- Educo, ONG de infancia: «Apoyo psicosocial a los niños afectados.»
- Acción contra el Hambre: «Coordinando el reparto de productos de primera necesidad.»
Si estás interesado en constituir una fundación tanto si eres una persona física como una empresa puedes encontrar información en PYMEF (Asociación de Pequeñas y Medianas Fundaciones)
Artículo redactado con asistencia de IA (Ref. APA: OpenAI. (2024). ChatGPT (versión 4). OpenAI)
Foto: Hervas Electricidad (Letur)