Pero no hay datos de la realidad que indiquen que haya crecido sustancialmente la delincuencia juvenil. Ninguna estadística (y cabe aclarar que en la Argentina los últimos datos son de 1997) da cuenta de un aumento en la cantidad de hechos delictivos cometidos por menores. En 1991, éstos representaban el 1.64 % de los delitos y en 1997, bajaron al 1.62 %, según cifras del Registro Nacional de Reincidencia y Política Criminal y Carcelaria, que depende del Ministerio de Justicia.
Se trata de un fenómeno de miedo desorbitado de los adultos frente a los jóvenes, pero este miedo «se ha vuelto irracional y los que se benefician de ello son los políticos que lo fomentan para obtener votos, para presentarse ante la sociedad como redentores» (William Shultz, Amnistía Internacional) Nada se opina sobre las 17 mil muertes anuales (por razones evitables) de niños menores de 5 años ni sobre la proporción de que una de cada 10 causas que llegan a los jueces de menores los tiene como victimarios, mientras que las otras 9 como v¡ctimas. En un relevo realizado por compa_eras de la CORREPI en la Justicia de Menores de Quilmes, Berazategui y Florencio Varela, se contaron 3700 causas penales contra menores, y 17000 asistenciales.
Tambi’n se cree erradamente que los que ingresan en los institutos por una puerta, salen por la otra, mientras que las cifras oficiales demuestran que del total de menores que pas¢ por la tutela del Estado, s¢lo el 14 % volvi¢ con sus familias.
Los casos de Gatillo F cil que tienen como v¡ctimas preponderantemente a chicos de 17 a_os, afirman las conjeturas de un juez, quien no quiso identificarse ante el Diario P gina 12, pero dijo «joven, peligroso, drogado, irracional, llama a que el polic¡a se sienta amenazado y dispare su arma ante cualquier duda» (P.12 07/05/99).
Mientras que se quiere culpar a los propios j¢venes y a las drogas que consumen para darse «coraje» para robar (estupefaciente que se consigue por escasos $2 a media cuadra del majestuoso «Abasto Shopping») se obvia la cifra de deserci¢n escolar en la provincia de Buenos Aires, que ascendi¢ el a_o pasado al 43% y de 32000 j¢venes de Capital Federal que no estudian ni trabajan ni son amas de casa. El ¡ndice de desocupaci¢n para la primera franja ( 15 a 20 a_os ) es del 50 %.
CULPAS Y RESPONSABILIDADES VARIAS
Nuestro pa¡s, aparte de otros Tratados Internacionales, suscribi¢ las Directrices de Riad, pautas para la prevenci¢n de la delincuencia juvenil que se decidieron en el marco de las Naciones Unidas, y que gozan de jerarqu¡a constitucional en virtud del art. 75 inc. 22 Constituci¢n Nacional. Estas directrices, definen como onico medio apto para la prevenci¢n del delito cometido por j¢venes, un desarrollo de los mismos armonioso, basado en la educaci¢n, las posibilidades de inserci¢n en la comunidad, y la concientizaci¢n por parte de la sociedad de la necesidad de colaborar en la protecci¢n de aquellos ni_os que se encuentran en situaci¢n de riesgo debido a la marginalidad, la pobreza y la proximidad de agentes de criminalizaci¢n que se da en ese contexto. Algunos Ejemplos:
«La prevenci¢n de la delincuencia juvenil es parte esencial de la prevenci¢n del delito en la sociedad. Si los j¢venes se dedican a actividades l¡citas y socialmente otiles, se orientan hacia la sociedad y enfocan la vida con criterio humanista, pueden adquirir actitudes no crimin¢genas.»
«Los j¢venes deben desempe_ar una funci¢n activa y participativa en la sociedad y no deben ser considerados meros objetos de socializaci¢n o control.»
«Deber reconocerse la necesidad y la importancia de aplicar una pol¡tica progresista de prevenci¢n de la delincuencia, as¡ como de estudiar sistem ticamente y elaborar medidas pertinentes que eviten criminalizar y penalizar al ni_o por una conducta que no causa graves perjuicios a su desarrollo ni perjudica a los dem s» «La conciencia de que, segon la opini¢n predominante de los expertos, calificar a un joven de «extraviado», «delincuente» o «predelincuente» a menudo contribuye a que los j¢venes desarrollen pautas permanentes de comportamiento indeseable.» En este sentido, las directrices consideran como las causas principales de la delincuencia juvenil a la estigmatizaci¢n del ni_o como delincuente que parte de la pol¡tica de control social que se ejerce desde el sistema y que tiende, no s¢lo a criminalizar al joven, sino a iniciarlo en la carrera delictiva, de modo tal de contar en el futuro,(cuando llegue a la edad adulta), con un engranaje m s de su maquinaria de marginaci¢n y control de personas pobres. Un ejemplo claro de esta estrategia es la pol¡tica represiva que se desarrolla en la Argentina, por medio de la detenci¢n y encierro de menores en «centros de rehabilitaci¢n» o «reformatorios» donde se inician tempranamente en la profesi¢n de delincuentes e indeseables sociales, respondiendo as¡ a las necesidades de control social expresadas por el poder.
En las pr¢ximas pautas que se citan puede verse que los autores de estas recomendaciones, al contrario de nuestros legisladores y juristas, analizan previamente al tratamiento del delito, las medidas indispensables para tender a su prevenci¢n; las mismas se basan en la educaci¢n, la cooperaci¢n comunitaria y la colaboraci¢n de los medios de comunicaci¢n, para en vez de transmitir y promover violencia y animosidad contra las v¡ctimas hasta convertirlas en victimarios, difundan la contribuci¢n positiva que hacen los j¢venes a la sociedad.
«Ense_ar los valores fundamentales y fomentar el respeto de la identidad propia y de las caracter¡sticas culturales del ni_o, de los valores sociales del pa¡s en que vive el ni_o, de las civilizaciones diferentes de la suya y de los derechos humanos y libertades fundamentales»»Suministrar informaci¢n y orientaci¢n en lo que se refiere a la formaci¢n profesional, las oportunidades de empleo y posibilidades de carrera;» » Los sistemas de educaci¢n deber n cuidar y atender de manera especial a los j¢venes que se encuentren en situaci¢n de riesgo social. Deber n prepararse y utilizarse plenamente programas de prevenci¢n y materiales did cticos, planes de estudios, criterios e instrumentos especializados.» » Deber alentarse a los medios de comunicaci¢n a que den a conocer la contribuci¢n positiva de los j¢venes a la sociedad.»
«S¢lo deber recluirse a los j¢venes en instituciones como oltimo recurso y por el per¡odo m¡nimo necesario, y deber darse m xima importancia a los propios intereses del joven.» Los criterios para autorizar una intervenci¢n oficial de esta ¡ndole deber n definirse estrictamente y limitarse a las situaciones siguientes: a) cuando el ni_o o joven haya sufrido lesiones f¡sicas causadas por los padres o tutores; b) cuando el ni_o o joven haya sido v¡ctima de malos tratos sexuales, f¡sicos o emocionales por parte de los padres o tutores; c) cuando el ni_o o joven haya sido descuidado, abandonado o explotado por los padres o tutores;»
Y por oltimo, se trata la cuesti¢n legal…
«Deber n promulgarse y aplicarse leyes que proh¡ban la victimizaci¢n, los malos tratos y la explotaci¢n de los ni_os y j¢venes, as¡ como su utilizaci¢n para actividades delictivas.»
Es evidente que el esp¡ritu de estas recomendaciones tiende a crear leyes que protejan a los j¢venes y no a la sociedad de ellos. Se deja claro que la amenaza se configura al utilizarlos aprovechando su natural indefensi¢n y que por lo tanto, la sociedad adulta tiene la obligaci¢n de evitar que se llegue a la comisi¢n del delito por medio de la protecci¢n del joven y su consideraci¢n como persona f cilmente manipulable por los verdaderos delincuentes. Sin dejar de tener en cuenta, claro, las demandas del discurso del poder canalizadas a trav’s de los medios de comunicaci¢n que responden a sus intereses y de pol¡ticos proselitistas que adem s de identificarse con estos discursos por convicci¢n, responden tambi’n a una pol¡tica que, si son electos, proveer n a su instrumentaci¢n.
Adem s es de considerar, que el Estado, al no actuar en concordancia con estas Directrices, est violando un compromiso internacional al que se oblig¢ al suscribir este documento.
REDUCCION DE LA EDAD PARA PUNIR
Tal como ocurre en varios pa¡ses que han encontrado intensificadas las estad¡sticas del delito cometido por menores, en nuestro pa¡s, se ha instalado la pol’mica de la reducci¢n de la edad punible. Al contrario de lo que ocurre en otras sociedades, donde el debate se centra en las causas que lanzan a los j¢venes a delinquir, nuestros pol¡ticos se afanan en demostrar que aumentando las penas y reduciendo la edad de imputabilidad, se lograr n resultados tan exitosos como los que se han demostrado luego de la implementaci¢n de las pol¡ticas de «mano dura» y «tolerancia cero»
Espa_a y sus reformas
El jueves 13/05 sali¢ en Clar¡n, que en Espa_a se est evaluando un proyecto de ley para elevar de 16 a 18 a_os la edad de imputabilidad penal plena, evitar el encarcelamiento de menores y lograr su reinserci¢n social. El proyecto, impulsado por el Ministerio de Justicia de ese pa¡s, sostiene como justificaci¢n de estos cambios «un esp¡ritu educativo y de reinserci¢n» «Se trata de defender al menor frente a s¡ mismo» Y, aunque esta iniciativa le cueste al gobierno de ese pa¡s 35 millones de d¢lares, sus mentores, dicen que «si la sociedad y los pol¡ticos no apuestan por la reinserci¢n de los menores, no vamos a ningon lado»…
PREGUNTAS SIN RESPUESTA
Esta visi¢n es una buena respuesta para cuando se pregunta acerca de cu l es la soluci¢n para el «problema de la inseguridad» que est acosando a nuestra sociedad. La respuesta se encuentra, al menos en cuanto al planteo de los menores de edad, en lo que se puede leer del discurso pol¡tico oficial -y electoralista- de nuestros gobernantes -y aspirantes-, se encuentra en la clara intenci¢n de incriminar y culpar a quienes son m s d’biles, en la falta de criterio para dise_ar pol¡ticas legislativas coherentes, en el escaso tiempo que dura la denuncia del victimario en primera plana (travestis, inmigrantes, menores de edad, se sucedieron cada 3 meses como los culpables de que las compa_¡as de seguridad privada, alarmas y rejas se conviertieran en las empresas de mayor r’cord de ventas de los oltimos a_os).
No hay respuesta v lida, s¢lo es cuesti¢n de mover el eje en el que se plantea la pregunta.
«El adulto proyecta en el ni_o sus frustaciones y sus miedos y eso se ve claramente cuando se lo enfrenta a las necesidades de un ni_o. Incapaz de satisfacerlas, el adulto lo convierte en un objeto e intenta acallar o reprimir todo lo que le parece peligroso en ‘l. Esto se traslada a las leyes. Un Estado que no atiende las necesidades de los ni_os luego debe reprimirlos y encerrarlos para no enfrentarse cotidianamente con su propio fracaso. Las leyes obedecen a este paradigma social de considerar a los ni_os como objetos, y de hecho, para protegerlos los criminaliza. Para que el Estado asuma la tutela de un menor necesita de la intervenci¢n penal y las fuerzas de polic¡a…» Lloyd Demause
LOS NI½OS ENJAULADOS
SEGUNDA PARTE
En primera parte de este informe, la preocupaci¢n radicaba en el proyecto oficial y de la oposici¢n de disminuir la edad punible y tomar otras medidas para reprimir la delincuencia juvenil.
(Recordemos que el «terrible flagelo» de la inseguridad tuvo por varios meses en el banquillo de los acusados a los menores de edad).
Pero nos qued¢ pendiente el an lisis sobre las condiciones en que los chicos que ya se encuentran privados de su libertad, soportan este castigo. Es decir, si recurren a nuevas leyes para retener a m s chicos entre las redes del sistema punitivo, significa que el encierro representar¡a al menos una soluci¢n, para los que, atemorizados viven del lado de afuera de las rejas o al menos, para que los cautivos «reencaminen» sus vidas.
Antecedentes hist¢ricos: Qu’ hay de nuevo?
Se podr¡a partir de evaluar el proceso por el cual el Estado monopoliza la facultad de castigar, y a principios del siglo XIX, crea esta nueva metodolog¡a de castigo llamada prisi¢n. Luego de abolidos los suplicios, se desarrolla una teor¡a humanitaria que da lugar a un proceso en el cual, el castigo, tender a convertirse en la parte m s oculta del procedimiento penal. El ceremonial de la pena tiende a entrar en la sombra, se trata de no tocar el cuerpo, o de tomarlo como instrumento o intermediario para lograr herir algo que no es el cuerpo mismo: al intervenir en ‘l encerr ndolo o haci’ndolo trabajar, se le priva a la persona de un derecho o un bien , la libertad, que en ese momento ya era considerada como tal. Como dir Foucault en «Vigilar y Castigar», el castigo pasar a ser «una econom¡a de derechos suspendidos» Al mismo tiempo, se produce una nueva definici¢n de criminal: es quien damnifica o perturba a la sociedad, el «enemigo social».
Es que durante el ascenso de la burgues¡a al poder, el discurso de legitimaci¢n deb¡a estar dirigido a hacer desaparecer el poder soberano y controlar a las masas populares que comenzaron a demostrar su disconformidad y amenazaban con desestabilizar el esquema propuesto. Era necesario que el Estado, en vez de vengarse comience a castigar. La acumulaci¢n de capital ya no s¢lo monetario, el desarrollo de la producci¢n, entre otras causales, provocan nuevas formas de criminalidad que se relacionan con una valorizaci¢n jur¡dica y moral m s intensa de las relaciones de propiedad: se produce una tendencia creciente de delitos contra la propiedad disminuyendo los delitos de sangre.
El reci’n estrenado sistema capitalista debe defenderse de las depredaciones implementando un sistema por medio del cual la clase dominante pudiera ejercer el poder punitivo y el control sobre la poblaci¢n, desde el momento en que el estado puede castigar a quien no comparte los valores que la sociedad mercantilista impone.
En este contexto hist¢rico surge la pena de prisi¢n.
El sistema vigila al individuo, analizando qu’ puede hacer en el futuro segon las virtualidades de su comportamiento actual. Se trata de una noci¢n de peligrosidad cuyos mentores son una clase ya establecida en el poder y que no quiere arriesgar dicho status.
Las instituciones «totales» (penitenciar¡as, conventos, colegios, talleres) tienen como caracter¡stica, la posibilidad de inducir en el individuo un estado consciente y permanente de visibilidad que garantiza el funcionamiento autom tico del poder. Como se_ala Foucault en la misma obra «que la perfecci¢n del poder tienda a volver inotil la actualidad de su ejercicio»
La eficacia del poder, su fuerza coactiva, van pasando al otro lado: el que est sometido a la vigilancia y lo sabe, reproduce por su cuenta las coacciones del poder. Por esto el poder externo puede aligerar su peso, y con el tiempo, se van adquiriendo m s profundamente sus efectos. Este mecanismo se difunde en el cuerpo social con vocaci¢n de volverse en ‘l una funci¢n generalizada. La prisi¢n, con la tecnolog¡a correctiva que trajo aparejada, realiz¢ la torsi¢n del poder codificado de castigar en un poder disciplinario de castigar, hasta el punto que los castigos universales de las leyes se aplican selectivamente a ciertos individuos y siempre a los mismos.
Y por casa, c¢mo andamos?
Dando una le¡da distra¡da al p rrafo anterior, podemos concluir en que durante dos siglos hemos sido v¡ctimas de un sistema coercitivo organizado en funci¢n de la necesidad de una clase poderosa de lograr un eficaz control social.
Podemos concluir que la peligrosidad sigue partiendo de las clases humildes, despose¡das, desocupadas, (y por qu’ no, cansadas). Podemos concluir que los discursos de legitimaci¢n de legislaciones m s duras y represivas, siguen teniendo como blanco, captar un mayor nomero de votantes aterrorizados (consenso social por medio de la alarma) y como chivo expiatorio, el mismo sector de poblaci¢n con sus necesidades b sicas insatisfechas.
Y si no por qu’, caminando por los pasillos de Tribunales, los detenidos y esposados son siempre morochos, j¢venes y de pocos recursos? Por qu’ nuestros jueces de menores procesan y condenan a ni_os pobres a mansalva, en vez de ejercer su funci¢n que es la de protegerlos? Por qu’ las c rceles de la Naci¢n no son ni limpias, ni sanas ni para seguridad sino para castigo de los «reos» detenidos en ellas y que las sufren hacinados y en condiciones de subsistencia inhumana? Por qu’ los chicos pobres que est n (moment neamente) en libertad le temen a la polic¡a, aon si no est n haciendo nada «sospechoso»? Por qu’ la polic¡a que mat¢ a Eduardo … e hiri¢ a sus amigos el 30 de enero pasado les pregunt¢ antes de iniciar una balacera interminable si eran de la villa «La Catanga»?
Mientras estos j¢venes feos sucios y malos est’n tras las rejas, la tranquilidad de la clase media no peligra. Y siguen votando a De La Roa, por supuesto. O en su versi¢n m s radicalizada, combatiendo el crimen con un sufragio a favor de Ruckauf.
La jaula por dentro
En los centros de detenci¢n de menores de la Ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, los j¢venes duermen en celdas diminutas, con ventanas pintadas para que no entre la luz y no se contacten con el exterior. Son lugares homedos, cuyos ba_os no tienen ni siquiera cadena para vaciar el dep¢sito, la instalaci¢n el’ctrica tiene m s de 100 a_os, no hay suficiente ventilaci¢n, pero lo que funciona a la perfecci¢n son las puertas enrejadas. No se respeta la intimidad de los chicos, las duchas son comunes y ocupan el mismo espacio f¡sico que las letrinas. No tienen la posibilidad de hablar por tel’fono poblico, y s¢lo tienen permitido una vez por semana hablar desde un tel’fono de administraci¢n durante 6 minutos.
Adem s, lo que provoca una mayor desesperaci¢n, no existen programas de resocializaci¢n, l’ase escolarizaci¢n, talleres de oficio, recreaci¢n, etc. Pueden salir a un patio techado 90 minutos al d¡a divididos en dos «recreos», es decir que no ven la luz del sol ni respiran aire puro durante todo el tiempo que dure la reclusi¢n. La inactividad de los j¢venes es una constante. Tienen clase durante 45 minutos diarios durante el per¡odo lectivo y NADA durante los 3 meses que dura el receso escolar. La lectura est prohibida dentro del pabell¢n; s¢lo se permite en la biblioteca porque los guardias argumentan que los libros «pueden ser usados como arma de guerra» (de una investigaci¢n de Mariana Carbajal para P gina/12)
No se preserva el derecho de los chicos a su identidad: muchos de los que se encuentran tras las rejas o al cuidado de organismos estatales, no tienen documento.
Este sistema provoca casi autom ticamente la reincidencia de sus v¡ctimas, al no conocer cuando egresan, otras t’cnicas que las criminales, al haber estado tanto tiempo encerrados dedicados al ocio, al haber recibido tantos golpes por parte de sus cuidadores y de la sociedad indiferente, por no creer en una salida alternativa, por vivir entre barrotes desde edades muy tempranas y salir as¡, sin elementos a un ambiente que les es desconocido y adverso. Las estad¡sticas confirman que el 84 % de la poblaci¢n carcelaria adulta, pas¢ antes por institutos de menores, de seguridad o asistenciales. Los mismos menores actualmente encerrados, acumulan en su mayor¡a otras estancias en centros de reclusi¢n de menores. Hay chicos que ingresan al a_o por un ama externa (familias que se hacen cargo de menores de 2 a_os a cambio de un subsidio) y tienen ya 14 a_os de institucionalizaci¢n. A los hermanitos que ingresan juntos, los separan y no se trabaja en la revinculaci¢n familiar, ni en darlos en adopci¢n ubicando a la madre para su consentimiento. No se respeta, al institucionalizarlos, la zona donde viv¡an, se derivan como presos donde existan camas, impidiendo as¡ las visitas y el contacto con la familia. Las pol¡ticas respecto a cada ni_o se fijan a trav’s del legajo. Cuando se interna a un ni_o, no lo vuelve a ver nadie.
El hacinamiento es otra de las graves constantes. En el Roca, por ejemplo, duermen 180 chicos cuando su capacidad es de 120. En el Agote, actualmente hay alojados 57 chicos donde entran 45.
Alrededor de 5000 chicos dependen de un sistema que s¢lo asegura la cronicidad de su conducta y por ende, de sus encarcelamientos. Que paga entre 400 y 700 pesos por chico a los organismos que los alojan y s¢lo 300 pesos a familias numerosas con dificultades econ¢micas. Que ni siquiera controla a estos organismos, cuando por el dinero que reciben, se podr¡a dar un subsidio a las familias para que no opten por internarlos. Que a algunos de los hogares de convivencia privados se les abona en algunos casos 1200 pesos por mes por chico, siendo desigual el pago y arbitraria la determinaci¢n. Que propone como egreso m s comon, la fuga. Que deja pasar toda la infancia y la adolescencia de estas personas sin tener ni siquiera planteada una estrategia sobre su futuro.
De estos 5000 chicos, 2535 est n institucionalizados: 445 en centros de reclusi¢n, 598 en institutos asistenciales, 544 en amas externas, 948 en hogares dependientes del Consejo del Menor y la Familia o privados.
El compromiso internacional
Este panorama no s¢lo denota una afectaci¢n de la vida de los j¢venes hasta tornarla desgraciada, peligrosa y triste. No s¢lo eso, que ya es suficiente. Nuestro pa¡s se comprometi¢ con la comunidad internacional a tutelar los derechos de los menores a trav’s de tratados cuyo objetivo es garantizar en todos los pa¡ses miembros (los que suscriben el tratado) que estos derechos se cumplan efectivamente. En la Convenci¢n sobre los derechos del ni_o, que se proclam¢ como derecho supralegal (constitucional, de m xima jerarqu¡a dentro del ordenamiento jur¡dico) al incorporarse en el art. 75 inc. 22 de la constituci¢n nacional, dice: Los Estados partes velar n por que: a) Ningon ni_o sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes…
b) Ningon ni_o sea privado de su libertad ilegal o arbitrariamente. La detenci¢n, el encarcelamiento o la prisi¢n de un ni_o se llevar a cabo de conformidad con la ley y se utilizar tan s¢lo como medida de oltimo recurso y durante el per¡odo m s breve que proceda.
c) Todo ni_o privado de libertad sea tratado con la humanidad y el respeto que merece la dignidad inherente a la persona humana, y de manera que se tengan en cuenta las necesidades de las personas de su edad. En particular, todo ni_o privado de libertad estar separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario al inter’s superior del ni_o, y tendr derecho a mantener contacto con su familia por media de correspondencia y de visitas, salvo en circunstancias excepcionales.
d) Todo ni_o privado de su libertad tendr derecho a un pronto acceso a la asistencia jur¡dica y otra asistencia adecuada, as¡ como derecho a impugnar la legalidad de la privaci¢n de su libertad ante un tribunal u otra autoridad competente, independiente e imparcial y a una pronto decisi¢n sobre dicha acci¢n.»
Todos estos derechos son sistem ticamente violados por los organismos gubernamentales llamados a velar por ellos. Y la sociedad adulta, mira a un costado o se tranquiliza porque algon punguista se encuentra lejos de su billetera.
Preguntas finales:
Ante este estado de cosas, podemos seguir criticando, filosofando, encontrando algon informe en un diario y agarr ndonos la cabeza. Mientras, miles de ni_os pierden su infancia asfixiados en un calabozo o se fugan para ser asesinados en un «enfrentamiento» acorde con nuestra definici¢n de gatillo f cil. La sociedad adulta, se lava las manos calificando como onico recurso para lograr la «seguridad», el encierro. En la nota anterior sobre menores, citamos un p rrafo de Lloyd Demause que dec¡a que el adulto proyecta en el ni_o sus frustraciones y sus miedos y que, incapaz de satisfacerlas, lo convierte en un objeto e intenta acallar o reprimir todo lo que le parece peligroso en ‘l. Esto se traslada a las leyes. Un Estado que no atiende las necesidades de los ni_os luego debe reprimirlos y encerrarlos para no enfrentarse cotidianamente con su propio fracaso. Las leyes obedecen a este paradigma social de considerar a los ni_os como objetos, y de hecho, para protegerlos los criminaliza. Nos preguntamos qu’ responsabilidad reconocen los adultos en las conductas de los menores que deben salir a la calle sin otra expectativa que la de conseguir un arma para robar con mejores resultados. Nos preguntamos esto porque nuestros compa_eros que trabajan en barrios carenciados conocen este dilema al querer acercarse a los chicos para brindarles un marco de contenci¢n, alguna salida distinta a la criminalidad. La sociedad no se las da. El estado mucho menos. No ven otras oportunidades de no pasar hambre. Sus padres est n desempleados o subempleados y las mafias les ofrecen jugosas promesas a cambio de salir a robar y de consumir droga.
Y la seguridad jur¡dica? Esa que nos garantiza un trato igualitario para todos los ni_os, sean hijos de quien sean, y provengan de donde provengan? La que nos garantiza la plena vigencia de los derechos constitucionales? La que debe existir y cuyo garante es el estado a trav’s de sus organismos descentralizados como el Consejo del Menor y la Familia o a trav’s de la justicia, como la de menores?
t Conocemos fuerzas de seguridad eficaces para matar delincuentes en enfrentamientos y de paso, pegarle algon tiro o matar a los rehenes, pero que no conocen la reglamentaci¢n en cuanto a la protecci¢n de los ni_os de la calle y los detienen por vagancia, toleran bandas que los explotan y los prostituyen, a veces cobrando parte de los r’ditos. Conocemos estad¡sticas de la justicia de menores que en vez de cumplir con su funci¢n de proteger al menor, lo condena al encierro promoviendo el ‘xito de su carrera criminal. Conocemos todas estas vejaciones de las que es objeto el menor institucionalizado y a sus responsables. Pero los adultos que deben velar por el futuro de los ni_os que los suceden, no son capaces de tener una mirada distinta que la que nace de la conveniencia de no reconocer sus propios errores y de demandar una mayor represi¢n para los chicos que no conocen otro mundo que el que les ofrecen los mayores.
ANDREA SAJNOVSKI
COORDINADORA CONTRA LA RREPRESI.ON POLICIAL E INSTUTUCIONAL (CORREPI)