En primer lugar queremos manifestarle nuestro beneplácito por la iniciativa que expresa la defensa de los intereses de los sectores populares castigados no sólo por la exclusión sino por la criminalización de la protesta.
El proyecto, que es una antigua aspiración de CORREPI, prevista desde que las primeras manifestaciones de resistencia al ajuste comenzaban a dejar saldos judiciables, resulta la única vía materialmente posible para clausurar un método que tiende a la represión pulcra de los tribunales.
Apoyamos el proyecto. Sin embargo, consideramos que es insuficiente pues no contempla algunas vertientes de las luchas populares que también han sido alcanzadas por la «caratulización» del reclamo. Por ejemplo, las detenciones en movilizaciones contra la impunidad, por exigencia de justicia o contra la represión. En estos casos también hay represaliados que terminan siendo imputados, procesados y aun llevados a juicio.
En tal sentido, y siendo nuestro objetivo contribuir al mejoramiento del proyecto le hacemos llegar un bosquejo de posibles modificaciones que ampl¡an el espectro de los beneficiarios de la amnist¡a propuesta.
Sin m s, saludamos a Ud. muy atentamente.
Por CORREPI:
Art¡culo 1¡: Quedan amnistiadas las personas que hayan participado en los hechos de reivindicaci¢n social, econ¢mica, gremial, de derechos humanos o estudiantil, sucedidos a partir de la vigencia de la ley 23928 (de convertibilidad) y hasta la sanci¢n de la presente y que se encuentren inculpados por esas razones, quedando exceptuado el caso de delitos contra la vida. («y lesiones» DEBE SER SUPRIMIDO, ya que precisamente la imputaci¢n cl sica para cualquier detenci¢n en una marcha es atentado y resistencia a la autoridad, da_o -simple o agravado – y lesiones)
Art¡culo 2¡: Quedan expresamente incluidos en el alcance de la presente ley: a) los participantes en cortes de rutas u otras v¡as poblicas promovidos reclamando por puestos laborales o cualquier otro reclamo vinculado a sus derechos civiles, politicos, sociales, economicos y culturales; b) los participantes en reclamos efectuados para lograr la paralizaci¢n o suspensi¢n de subastas de bienes de productores, en particular rurales, o de inmuebles habitados por familias de escasos recursos; c) los participantes en movilizaciones o reclamos gremiales por despidos injustificados, aumentos o demoras en las retribuciones o cualquier otra causal; d) los participantes en las movilizaciones o reclamos destinados a obtener mejoras u otros beneficios, en particular, la entrega de alimentos y otros bienes de primera necesidad para aliviniar la situaci¢n de los miembros del sector pasivo, desocupados u otros sectores de escasos recursos; e) los participantes en movilizaciones y jornadas de protesta estudiantiles. (PROPONEMOS SUPRIMIR «en demanda de mejoras en el sector», ya que no s¢lo no cubre las acciones en solidaridad con otros sectores sino que ni siquiera cubre las acciones en defensa del statu quo -exclusivamente cubre a los que reclamen m s -); f) los participantes de las «ollas populares»; g) los participantes en caravanas. La enumeraci¢n precedente no es taxativa.