La legítima preocupación de los políticos por combatir las lacras del terrorismo ha contribuido a que España sea el país europeo donde más rentable resulta cometer delitos de “cuello blanco”, y ello contrasta con el olvido, en la anunciada reforma del Código Penal, de no incluir los delitos económicos que afectan a miles de familias. Ante esta situación, ADICAE exige la aplicación a los delitos económicos en los que existe una multiplicidad de afectados de las medidas planteadas en la reforma para los casos de sustracción de fondos públicos y fraude al Estado, lo cual constituye la única solución para evitar que “estafar salga barato” y satisfacer las legítimas expectativas de las víctimas estafadas para obtener un resarcimiento.
Independientemente de los principios de reeducación y reinserción social por los que se rige el sistema penitenciario español, resulta inconcebible que defraudadores y delincuentes de “cuello blanco”, que estafan a miles de ahorradores-inversores, puedan acceder a beneficios penitenciarios e incluso queden en libertad sin haber devuelto el dinero estafado ni prestar su colaboración a la Justicia. Aunque los principios constitucionales de los procesados o condenados deben garantizarse, también es necesario realizar ajustes en la vigente legislación para cumplir el mandato de la Constitución Española con respeto a los derechos económicos de los consumidores.
Por este motivo, ADICAE reclama una actuación seria de reforma legal en defensa de los consumidores y no olvidar casos cercanos en los que miles de familias han visto gravemente vulnerados sus derechos e intereses económicos que aún no han sido restituidos. A tal fin, esta asociación se ha dirigido a los ministros de Justicia y Economía, y a todos los Grupos Parlamentarios y Partidos Políticos, instándoles a remediar la actual situación de peligro en la que se encuentran los consumidores españoles y a contar con las aportaciones y experiencia de ADICAE en este ámbito.
Entre las medidas propuestas por ADICAE en la aplicación de la reforma del Código Penal para los delitos económicos cabe destatar:
– El cumplimiento completo de las penas.
– La no aplicación de beneficios penitenciarios, como permisos de fin de semana o libertad provisional, ya que estas medidas pueden ser aprovechadas por los delincuentes para gestionar o facilitar el encubrimiento de la desaparición del dinero.
– Endurecimiento de las penas por delitos económicos de los tipos penales ya existentes, para que realmente la pena cumpla su fin disuasorio, ya que las sanciones son bajas en comparación a otro tipo de delitos.
– Debería crearse una perfecta sistemática de este tipo de delitos y no tener que subsumirlos en tipos tan generales como el de la estafa o apropiación indebida.