El juez español Baltasar Garzón Real había emitido, con fecha 30 de diciembre de 1999, la orden internacional de búsqueda, captura y la posterior extradición de 48 argentinos (47 uniformados y un civil) que cometieron los más atroces crímenes durante la última dictadura militar. La orden le fue girada a su par argentino, Gustavo Literas. En la lista figuran, entre otros, Jorge Rafael Videla, Emilio Eduardo Massera, Leopoldo Fortunato Gatieri, Carlos Suárez Mason y Antonio Domingo Bussi.
El juez argentino le solicitó una ampliación de datos al magistrado español.
Adujo que INTERPOL no le había transmitido la totalidad de los datos de filiación aportados por Garzón. En las primeras ocho páginas del voluminoso auto de procesamiento, más de 200 folios, figuran las señas personales de los requeridos. La organización policial internacional interpretó que no era menester remitir todo el auto, por lo que procedió a enviarle a Literas los primeros ocho folios. Entonces, +por qué el magistrado argentino sostuvo que los datos eran incompletos? +Acaso una presi¢n de sectores de las Fuerzas Armadas vinculados al gobierno nacional? S¢lo Literas y su conciencia saben porque dijo lo que dijo.
Pasaron varias semanas de aquella solicitud. Quiz los jerarcas de la Canciller¡a y el magistrado argentino pensaron que Garz¢n, luego del traspi’ que sufri¢ por el caso Pinochet, desistir¡a del pedido. No fue as¡. El magistrado peninsular reiter¢ el pedido. En esta ocasi¢n eligi¢ otro camino. A mediados del mes pasado el titular de la Audiencia de Madrid hizo su primer paso: la presentaci¢n ante el Ministerio de Justicia espa_ol; ‘ste lo remite al Ministerio de Relaciones Exteriores para finalmente envi rselo a la Embajada espa_ola en Argentina. El segundo paso del tr mite transcurre en territorio argentino. Recibida la informaci¢n, por parte de la representaci¢n espa_ola, ‘sta se la remite a la Canciller¡a argentina y luego deber llegarle al despacho del juez Literas. Si no hubieran interferencias, el magistrado argentino recibir la informaci¢n a finales de este mes.
El ministro de Justicia, Ricardo Gil Lavedra, el pasado viernes 31, declar¢ que el rechazo de Literas se circunscribe a la detenci¢n preventiva de los militares y no a la solicitud de extradici¢n. Aclar¢ que Garz¢n nunca hab¡a girado el pedido de extradici¢n, raz¢n por la cual el Gobierno y el juez comunican a Espa_a que «no se dan las condiciones de urgencia que justifican un arresto preventivo».
«El se_or juez federal (Literas) pide informes acerca del estado actual del tr mite de la solicitud de arresto (de los militares), considerando el tiempo transcurrido desde que se cursara la pertinente comunicaci¢n (…) precisamente, el tiempo pasado descartar¡a la urgencia de aquella medida precautoria segon lo exige el art¡culo 24 del Tratado de Extradici¢n», argumenta la nota que la Canciller¡a argentina, a trav’s de su gabinete de juristas, le envi¢ al embajador espa_ol en Buenos Aires, Carlos Calderera Soler, el mismo viernes 31 de marzo.
Un viejo dicho popular asegura que las comparaciones son odiosas. Todo lo expuesto por los funcionarios gubernamentales hace que se tornen inevitables. En 1998, Menem, habl¢ de intromisi¢n cuando Garz¢n le solicit¢ asistencia judicial. A finales del pasado a_o, integrantes del gobierno de la Alianza, echaron mano de la llamada extraterritorialidad, vale decir lo consideraron una intromisi¢n tambi’n. As¡ las cosas, dos gobiernos, de signo pol¡tico diferente, embarraron el terreno.
Alberto Bastia
Jefe de corresponsal¡as Informativos.Net en Am’rica Latina
