Señor presidente,
1.– Tengo el honor de dirigirme a este Consejo Permanente, integrado por las distinguidas delegaciones de todo el hemisferio, a propósito del informe preliminar que hemos escuchado de parte del jefe de la Misión de Observación Electoral (MOE) en el Perú, a quien por cierto agradecemos su presencia, a fin de comentarles algunos aspectos centrales del proceso electoral recientemente llevado a cabo en el Perú.
2.– El Gobierno del Perú, en octubre del año pasado, solicitó al secretario general, doctor César Gaviria, el envío de una Misión de Observación Electoral de la OEA con motivo de las elecciones generales a realizarse en el Perú el 9 de abril del 2000.
3.– A partir de la respuesta del secretario general a principios de noviembre, el Gobierno del Perú realizó gestiones encaminadas para coadyuvar a la secretaría general a obtener fondos para organizar dicha misión, habiendo recibido el apoyo de varios países.
4.– Asimismo, cabe resaltar que adem s de la Misi¢n de Observaci¢n Electoral de la OEA se invit¢ a otras organizaciones internacionales y nacionales para observar el proceso electoral.
5.– Asimismo, en enero se transmiti¢ al secretario general la solicitud del jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), organismo constitucional encargado del planeamiento, organizaci¢n y ejecuci¢n de los procesos electorales en nuestro pa¡s, para que incluyera en el marco de la observaci¢n electoral, una auditor¡a al programa de c¢mputo dise_ado por dicha oficina para las elecciones del 9 de abril. Nunca se recibi¢ una respuesta formal a la misma.
6.– El 18 de febrero del 2000, el se_or secretario general design¢ al doctor Eduardo Stein como jefe de la Misi¢n de Observaci¢n Electoral, quien ocup¢ el cargo a partir del 1¡ de marzo.
7.– Por su parte, el Gobierno peruano design¢ al primer ministro y ministro de Justicia como interlocutor entre el Gobierno y los observadores internacionales.
Se_or presidente,
8.– Los esfuerzos realizados para lograr la presencia de observadores internacionales en el proceso electoral demuestran inequ¡vocamente la voluntad del Gobierno del Pero de mostrar la transparencia en la organizaci¢n y gesti¢n del proceso electoral, y su voluntad de asegurar el derecho del pueblo peruano a elegir leg¡timamente a sus gobernantes en un marco de democracia con paz y estabilidad.
9.– Como es de conocimiento poblico, las elecciones se desarrollaron en un marco de plena normalidad, con la participaci¢n masiva del pueblo peruano, que ejerci¢ libremente su derecho al voto, tal como fuera reconocido por el jefe de la MOE en uno de sus boletines y en numerosas declaraciones a la prensa.
10.– Como una expresi¢n adicional de la transparencia del proceso, la MOE–OEA y otros observadores pusieron en pr ctica el sistema de conteo r pido de votos, que permiti¢ conocer, inmediatamente despu’s de las elecciones, una muestra representativa de los resultados, los mismos que coincidieron con los resultados finales, dentro de los m rgenes estad¡sticos usuales. Y destaco este dato: el conteo r pido, como mecanismo de control estad¡stico, coincidi¢ con los resultados oficiales del 9 de abril.
11.– Los resultados oficiales finales dados a conocer por la ONPE para las listas que ocuparon las dos m s altas mayor¡as fueron los siguientes:
49.87% para Pero 2000.
40.25% para Pero Posible.
12.– A su vez, los resultados proyectados a trav’s del «conteo r pido» por la Asociaci¢n Civil Transparencia, una organizaci¢n no gubernamental peruana, fueron 49.23 por ciento para Pero 2000 y 40.70 por ciento para Pero Posible.
Se_or presidente,
13.– Como se aprecia, en la primera vuelta del proceso electoral del 9 de abril ninguno de los candidatos a la presidencia de la Repoblica alcanz¢ la mayor¡a requerida por ley. En consecuencia, y atendiendo al mandato previsto en el art¡culo 111¡ de la Constituci¢n, proced¡a la realizaci¢n de una segunda vuelta electoral.
14.– Efectivamente, el art¡culo 111¡ (cap¡tulo IV, Poder Ejecutivo) de la Constituci¢n Pol¡tica establece lo siguiente: «Si ninguno de los candidatos obtiene la mayor¡a absoluta, se procede a una segunda elecci¢n dentro de los 30 d¡as siguientes a la proclamaci¢n de los c¢mputos oficiales, entre los candidatos que han obtenido las dos m s altas mayor¡as relativas.»
15.– La misma disposici¢n est reglamentada en el art¡culo 18¡ de la Ley Org nica de Elecciones de 1997.
16.– En tal virtud, el Jurado Nacional de Elecciones cumpli¢ con proclamar, el 29 de abril del 2000, las dos m s altas mayor¡as obtenidas en la primera vuelta, y a convocar a la segunda vuelta electoral dentro de los treinta d¡as que prescribe la ley y la Constituci¢n, es decir, el 28 de mayo del 2000.
17.– De acuerdo con el cronograma de trabajo, el simulacro del conteo de votos realizado el 24 de mayo fue calificado de exitoso por la MOE–OEA en su bolet¡n especial N¡ 5 del 25 de mayo.
18.– El Jurado Nacional de Elecciones, luego de examinar las solicitudes de pr¢rroga de la fecha de la segunda vuelta y de haber constatado el normal y eficiente funcionamiento del sistema de c¢mputo y verificado la existencia de las garant¡as necesarias para el normal y confiable desarrollo de todas las etapas del proceso, decidi¢ mediante Resoluci¢n N¡ 732 mantener la fecha del 28 de mayo.
19.– La segunda vuelta electoral se desarroll¢ el domingo 28 de mayo con las garant¡as legales de total transparencia y respeto a la voluntad popular y en un clima de normalidad, salvo algunos incidentes que fueron exacerbados por la insistencia de que exist¡a un supuesto «fraude». A pesar de ello la poblaci¢n acudi¢ a votar masivamente, habi’ndose registrado los siguientes resultados oficiales hasta el momento, al 99.78 por ciento:
Pero 2000: 51.22%
Pero Posible: 17.68%
Votos nulos: 29.83%
Votos en blanco: 1.19%
20.– El proceso electoral se llev¢ a cabo con dos candidatos. En ningon momento se produjo una renuncia oficial de uno de ellos, por lo tanto las elecciones realizadas en la segunda vuelta se encuadran dentro de lo establecido en la Ley Org nica de Elecciones del Pero.
21.– Como puede apreciarse, las instituciones que tienen a su cargo el desarrollo de las elecciones y el Gobierno del Pero no solamente adoptaron las medidas destinadas a brindar garant¡as suficientes para unas elecciones libres y transparentes, sino que adem s han mostrado su mejor disposici¢n para atender las recomendaciones de los observadores, los que han contado en todo momento con las facilidades para ejercer sus funciones.
22.–En este contexto, apreciamos y agradecemos los esfuerzos desplegados por el propio secretario general y por los integrantes de la MOE en su conjunto; sin embargo, nos vemos en la obligaci¢n de hacer de conocimiento de este consejo algunas apreciaciones cr¡ticas de car cter sustantivo en relaci¢n con la labor de la MOE-OEA en el Pero.
23.– En primer lugar, creemos importante destacar que las funciones de toda misi¢n de observaci¢n electoral que se dan en el marco de la OEA deben tener como referente obligatorio la carta de la organizaci¢n, en especial aquellos principios que se refieren expresamente a la no intervenci¢n.
Precisamente, el art¡culo 1¡ de la Carta establece que «la OEA no tiene m s facultades que aquellas que expresamente le confiere la Carta, ninguna de cuyas disposiciones la autoriza a intervenir en asuntos de la jurisdicci¢n interna de los Estados miembros».
24.– Basados en dicho principio, consideramos que la funci¢n de la misi¢n debi¢ limitarse, tal como lo establecen la pr ctica internacional, el manual de la unidad para la promoci¢n de la democracia y otros documentos pertinentes, a observar, valga la redundancia, el desarrollo del proceso electoral e informar al secretario general.
25.– En ningon caso las funciones de las misiones est n dirigidas a avalar o refrendar los procesos electorales y menos aon a participar como actores pol¡ticos en los mismos, como se se_al¢ en el informe final de la observaci¢n electoral realizada en el Pero en el a_o 1995, que cito a continuaci¢n: «… las misiones de la OEA no tienen facultad de iniciar juicios o emitir dict menes en torno a determinados casos, ya que su labor no es la de actuar como juez o rbitro del proceso electoral».
26.– En ese contexto, es preciso indicar que el jefe de la Misi¢n de Observadores de la OEA excedi¢ largamente sus competencias al referirse en numerosas ocasiones, por mencionar un asunto clave, a supuestas facultades para «avalar» o no el proceso electoral en el pa¡s.
27.– Asimismo, extra_¢ la actitud adoptada por el jefe de la MOE de efectuar constantes declaraciones poblicas, incluso desprestigiando a las entidades oficiales y emitiendo gran cantidad de boletines e informes t’cnicos sobre el desarrollo del proceso electoral, en lugar de canalizar sus inquietudes a trav’s de los mecanismos que las instituciones encargadas del proceso electoral y el Gobierno pusieron a su disposici¢n.<
Para ilustraci¢n debe se_alarse que la MOE emiti¢ doce boletines, seis boletines especiales, ocho informes t’cnicos, dos reportes de la jornada electoral, un comunicado complementario y una circular informativa.
28.– Asimismo, es preciso se_alar que el jefe de la MOE-OEA tampoco respet¢ el principio de neutralidad y objetividad que debe caracterizar a toda misi¢n de observaci¢n.
29.– Ello se hizo evidente el d¡a de las elecciones, el 9 de abril, cuando el jefe de la MOE particip¢ en una conferencia de prensa convocada por una agrupaci¢n no-gubernamental nacional que pretendi¢ desacreditar al organismo electoral peruano, habi’ndose llegado a decir en tono amenazante, en presencia del jefe de la MOE, «que no permitir¡an el fraude», antes de que se hubiesen emitido los resultados oficiales.
30.– Otro elemento preocupante es el relativo a la falta de observancia del principio de pleno respeto a la Constituci¢n y las leyes del pa¡s anfitri¢n. A nuestro criterio, quiz s el exceso m s significativo en el que incurri¢ el jefe de la MOE se refleja en el bolet¡n N¡ 11 del 18 de mayo, en el que indic¢ que dentro del plazo impuesto para la segunda vuelta electoral ser¡a imposible realizar los trabajos, sobre todo en relaci¢n con una auditor¡a del sistema de c¢mputo, para que la ciudadan¡a pudiera tener confianza en el proceso y aceptar la validez de los resultados.
Se_or presidente,
31.– La Constituci¢n Pol¡tica del Pero establece expresamente el procedimiento para fijar el calendario electoral. El Jurado Nacional de Elecciones convoc¢ a la segunda vuelta electoral dentro del plazo constitucionalmente establecido. A pesar de ello, repetimos, el jefe de la MOE insisti¢ en que se encontrase una salida jur¡dico-pol¡tica para postergar las elecciones, sugerencia que, adem s de exceder el marco de sus atribuciones, contraven¡a expresamente un mandato constitucional y una decisi¢n del m ximo ¢rgano electoral.
32– En este punto, es preciso se_alar que en conversaci¢n sostenida con el jefe de la MOE se propuso la realizaci¢n de un conteo r pido tambi’n en la segunda vuelta y, en caso de que los resultados del conteo fuera diferentes a los del escrutinio, se sugiri¢ la posibilidad de realizar una detallada auditor¡a expost para no alterar el cronograma electoral. Dicha propuesta fue descartada por el jefe de la MOE al considerar que el procedimiento podr¡a producir un clima de incertidumbre social y hasta de alteraci¢n del orden poblico. A ello se le respondi¢ que esa preocupaci¢n no era pertinente porque la responsabilidad de resguardar el orden poblico recae en los respectivos gobiernos.
33.– Como puede apreciarse, la MOE-OEA ha excedido largamente las atribuciones establecidas para una Misi¢n de Observaci¢n Electoral, lamentablemente, en lugar de haber permanecido en un marco de actuaci¢n t’cnico y de haber, en todo caso, facilitado el di logo para solucionar los impasses t’cnicos y log¡sticos que se presentaron, contribuy¢ m s bien a polarizar las posiciones pol¡ticas, a generar una utilizaci¢n pol¡tica de sus opiniones, las mismas que fueron aprovechadas por uno de los candidatos como pretexto para una supuesta abstenci¢n en su participaci¢n en la segunda vuelta.
34.– Resulta, pues, evidente que el jefe de la misi¢n, en lugar de contribuir exclusivamente a la buena marcha del proceso electoral, se convirti¢ en un actor pol¡tico m s del proceso, sentando un grave precedente para el futuro de las misiones de observaci¢n electoral de la OEA.
35.– Los hechos antes descritos en relaci¢n con la actuaci¢n de la MOE-OEA en el Pero generan la seria y profunda duda de mi Gobierno respecto de la objetividad y neutralidad de este mecanismo. Es preciso que nos aboquemos con seriedad a replantearnos el marco institucional de estas misiones.
36.– El Pero, como un pa¡s soberano y digno, se somete onica y exclusivamente a sus propias normas y a la voluntad popular expresada en las urnas, tal como sucedi¢ en la jornada del 9 de abril y del 28 de mayo.
Se_or presidente,
37.– El presidente Fujimori, en mensaje a la Naci¢n pronunciado el d¡a 29 de mayo, se_al¢ que el pueblo peruano ha participado libre y pac¡ficamente. De esta forma ha rechazado, con madurez y con serenidad, la violencia y el desorden, y ha manifestado su deseo de estabilidad, paz y trabajo.
38.– Asimismo, hizo un llamado a todos los peruanos para que demos prioridad y trabajemos en torno a los grandes objetivos del pa¡s: lucha contra la pobreza, generaci¢n de empleo, descentralizaci¢n, democratizaci¢n y desarrollo integral del Pero.
39.– No debe entenderse, pues, lo que viene adelante como mero continuismo, sino como una etapa superior en la que tenemos la m s firme determinaci¢n de superar problemas pendientes y corregir errores, con el prop¢sito de fortalecer una institucionalidad democr tica que sea uno de los pilares del desarrollo econ¢mico del Pero.
40.– En esta nueva etapa, a no dudarlo, mi gobierno redimensionar las relaciones entre el Estado y la sociedad, de modo tal que la democratizaci¢n y la modernizaci¢n institucional sean una tarea prioritaria y el compromiso de todos los peruanos.
M¢nica Escayola
Corresponsal Informativos.Net en Am’rica Latina
