La nueva Ley del Consumidor, aprobada este martes por el Congreso nacional, prohibe la especulación, el pago de servicios que la ciudadanía no recibe, y el redondeo. Además, prohibe la publicidad engañosa.
Si una persona habló por teléfono 2 minutos con 15 segundos, deberá pagar por ese tiempo y no por 3 minutos como venía ocurriendo. La nueva ley prohibe la publicidad que induzca a que las personas compren un producto cuyas cualidades y características sean diferentes de las anunciadas.
Organizaciones de defensa de los consumidores expresaron su satisfacción por las reformas. Nina Ruora de la Fundación Ecuatoriana de Defensa del Consumidor dijo que la ley anterior no respondía a las necesidades actuales de los consumidores.
En cambio, los empresarios han criticado la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. Por ejemplo, cuestionan la prohibición de la publicidad engañosa y preguntan quién controlará y decidirá si es o no engañosa.
Dentro de una semana se promulgará la nueva ley y en 90 d¡as estar elaborado el respectivo reglamento para su aplicaci¢n. (Ec/QR/Au-Ong-Pno/Pe-Ppr-Pb/ap)
Amanda Pinto
LAS REFORMAS DE LA LEY DEL CONSUMIDOR ECUATORIANA SATISFACE A LAS ORGANIZACIONES DE DEFENSA DE LOS USUARIOS
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