Recordemos que el Fiscal Osorio, a los efectos de preparar el pedido de extradición de los militares, José Nino Gavazzo, Manuel Cordero, Juan Antonio Rodríguez Buratti, Enrique Martínez, Ricardo Medina, José Arab, Pedro Mattos y Jorge Silveira, de actuación durante al última dictadura en Uruguay, demandó al Batlle, que le remitiera la información que poseyera respecto a la fuerza en que se desempeñaron los militares mencionados entre 1976 y 1982.
Así las cosas, Batlle, que por intermedio de la Comisión para la Paz -que él mismo creó-, procedió a solicitar -vía diplomática- información acerca de los detenidos desaparecidos uruguayos en el exterior (Argentina, Chile, Paraguay, etcétera) se negó a colaborar con la justicia argentina, que entre tantas otras causas investiga la privación de la libertas de 23 ciudadanos de su país cuanto, asimismo, la desaparición del niño uruguayo Simon Riquelo, hijo de Sara Mendez. En estas causas fueron decretadas ûen el año 1986- las prisiones preventivas para Gavazzo, Silveira, Cordero y Hugo Campos Hermida.
La solicitud del Gobierno de Batlle, encontr¢ en su par argentino la mejor de las disposiciones dado que le fueron entregados los documentos con que ‘ste contaba a los efectos de que la «Comisi¢n para la Paz» pudiera tener la informaci¢n necesaria que posibilite determinar el destino de los desaparecidos uruguayos.
El Gobierno de la Repoblica Oriental del Uruguay, sustent¢ su determinaci¢n ampar ndose en la denominada Ley de Caducidad y en convenios internacionales. D¡as previos a la firma del oficio Batlle -en declaraciones a la prensa local- hab¡a se_alado que se amparar¡a en tal normativa.
Recordemos que la Ley de Caducidad de la pretensi¢n Punitiva del Estado (15.848) fue promulgada el 22 de diciembre de 1986 y aprobada de manera definitiva por un plebiscito popular realizado en abril de 1989. Con ella la impunidad qued¢ consagrada para todos los involucrados en las denuncias por violaciones a los derechos humanos.
M¢nica Escayola
Corresponsal Informativos.Net en Am’rica Latina
