Como respuesta al ingreso de ciudadanos colombianos a territorio venezolano por la frontera, acelerada por la puesta en marcha del controvertido Plan Colombia que cuenta con la ayuda militar de Estados Unidos, la venezolana Defensoría del Pueblo dictó ayer una resolución que establece cómo las distintas instancias gubernamentales deben actuar para proteger a los desplazados.
La medida espera atender el problema que adquirió visos de emergencia en septiembre pasado, cuando el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) denunció la presencia de unos 500 desplazados colombianos en territorio venezolano.
Esta situación generó controversias entre el gobierno colombiano y el venezolano, que se negó a reconocer la calificación de desplazados incursa en el informe del organismo internacional. Para Venezuela se trata de refugiados temporales, ya que la mayor parte de ellos retornan al otro lado de la frontera una vez pasada la emergencia por la que se ven obligados a desplazarse, en especial por las masacres producidas por los grupos paramilitares La resoluci¢n (nomero 2000-148) publicada en la Gaceta Oficial y firmada por la Defensora del Pueblo, Dilia Parra, pretende adem s adelantarse a la crisis que, segon prev’ la Defensor¡a, se producir con la aplicaci¢n del Plan Colombia. «El flujo a territorio venezolano de ciudadanos colombianos se profundizar con la inminente implementaci¢n del denominado Plan Colombia», se se_ala en la decisi¢n.
Tambi’n se explica que «la frontera colombo-venezolana, y principalmente la ubicada en los estados Zulia, T chira y Apure, es la que desde marzo de 1999 refleja mayor impacto frente al conflicto interno (colombiano), present ndose una primera crisis de ciudadanos colombianos que solicitan tanto refugio como protecci¢n temporal».
La Defensor¡a clasifica en tres grupos a los desplazados colombianos y discrimina las pol¡ticas que deben adoptar los organismos que tienen competencia en la seguridad fronteriza y con los asuntos formales de inmigraci¢n.
Segon la resoluci¢n, la Fuerza Armada Nacional deber continuar con la ayuda militar y humanitaria, y notificar a la Defensor¡a del ingreso de cualquier ciudadano colombiano solicitando refugio.
Garantizar la presencia de funcionarios comisionados, para que los desplazados tengan acceso directo a las autoridades que puedan prestar ayuda, le corresponder a la Comisi¢n T’cnica Nacional sobre Materia de Refugiados. A esta instancia se le encarga preparar en materia de asilo y refugio a los funcionarios destacados en las fronteras. Y le recomienda que incorpore a representantes de Acnur en su seno para que funcionen como asesores. Se le exige al Ministerio del Interior y Justicia que tramite los documentos necesarios para gestionar las solicitudes de refugio, y a los funcionarios de Migraciones que interpreten de forma «no restrictiva el reglamento de visas, a fines de otorgar el documento necesario de transeonte para hacer efectiva la categor¡a de refugio, hasta tanto sea sancionada la Ley Org nica sobre Asilo y Refugio».
Finalmente, insta a los ministerios de Relaciones Exteriores, del Interior y Justicia y de Defensa a formalizar en una resoluci¢n conjunta el procedimiento ad hoc que se ha aplicado hasta hoy a los casos de refugiados colombianos.
Aram Aharonian
Corresponsal Informativos.Net en Caracas