De acuerdo a las nuevas disposiciones tributarias colombianas, las personas naturales con ingresos brutos inferiores a 20 millones 200 mil pesos anuales no deberán declarar renta. Así lo anunció la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales (DIAN). La DIAN, indicó que todas aquellas personas naturales que no sean responsables del IVA y que posean un patrimonio bruto que no exceda los 155 millones 500 mil pesos, al 31 de diciembre, no estarán obligadas a declarar renta. Preciso el organismo que dentro de la normativa también se incluyen a los asalariados cuyos ingresos totales no excedan los 80 millones 800 mil pesos en le presente año y cuyos ingresos brutos provengan en un 80% de su relación labora y a los trabajadores independientes con ingresos totales inferiores a 53 millones 900 mil pesos en 2000. Si estarán obligadas a presentar su declaración de renta, las fundaciones, las corporaciones y las asociaciones sin fines de lucro, que realicen actividades de interés general, y también las entidades sin fines de lucro que efectoen actividades vinculadas a la capacitaci¢n y ubicaci¢n de recursos financieros que se encuentren bajo vigilancia de la Superintendencia Bancaria. La nueva normativa, tambi’n dispone que las entidades bancarias y las asociaciones de tarjetas de cr’dito deber n informar a la DIAN los datos de sus usuarios, a fin que el organismo pueda cotejarlos con los datos que suministran los contribuyentes al fisco. Entre los datos que est n obligados a suministrar, los bancos y las entidades sometidos a la Superbancaria, se encuentran aquellos vinculados a las consignaciones, dep¢sitos, captaciones, abonos, traslados y, todo movimiento de dinero que registre un valor acumulado superior a los millones de pesos. Tambi’n deber n informarse los consumos, gastos, adquisiciones que se efectoen con las tarjetas de cr’dito, cuando el valor acumulado -anual- supere los 10 millones 900 mil pesos. M¢nica Escayola Corresponsal Informativos.Net en Am’rica Latina
INFORMÓ LA DIAN DE COLOMBIA LAS NUEVAS DISPOSICIONES EN LO ATINENTE A LA DECLARACIÓN DE RENTA
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