Países latinoamericanos y asiáticos, impulsan en la Organización Mundial de Comercio (OMC) normas para proteger los derechos de propiedad intelectual, sobre los conocimientos tradicionales de las comunidades locales e indígenas.
La propuesta fue presentada por Cuba, Honduras, Paraguay y Venezuela, con apoyo entre otros de Perú, Ecuador, Bolivia, Colombia, Indonesia, Malasia, Filipinas y Nueva Zelanda.
La iniciativa parte de la comprobación de que el régimen vigente de protección de los derechos de propiedad intelectual, prácticamente ignora las formas tradicionales de conocimiento y también los sistemas de propiedad del mundo en desarrollo.
Esa ignorancia deriva de que el régimen se basa en la legislación sobre patentes de Estados Unidos, que ofrece una definición limitada y restringida del conocimiento dentro del dominio público, observó Deepak Nayyar, de la Universidad Jawaharlal Nehru de Nueva Delhi.
Como consecuencia de esa situación jurídica, el conocimiento acumulado por pueblos y comunidades durante siglos en los pa¡ses en desarrollo es objeto en la actualidad de un «robo silencioso», que otorga derechos legales a empresas o individuos residentes en tierras distantes, dijo Nayyar durante una conferencia pronunciada en Ginebra.
En Estados Unidos se otorg¢ una patente para el uso de c rcuma en la cicatrizaci¢n de heridas, a pesar de que se trata de una pr ctica extendida y de conocimiento poblico en India durante siglos. En la exposici¢n ofrecida en la sede de la Organizaci¢n Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), en Ginebra, Nayyar record¢ que esa patente fue anulada despues de un litigio forense.
Pero en otro caso, de la vincapervinca r¢sea, una planta de Madagascar, su empleo en la elaboraci¢n de un medicamento para tratar el c ncer permiti¢ a una empresa farmac’utica internacional efectuar ventas anuales de unos 100 millones de d¢lares, sin que el estado insular percibiera pr cticamente nada, cit¢ Nayyar. La OMPI ha observado que, adem s de ofrecer soluciones pr cticas, con frecuencia el conocimiento tradicional transmite la historia, las creencias, la est’tica, la ‘tica y la cultura de un pueblo. Las plantas empleadas con fines medicinales tambi’n tienen a menudo un valor simb¢lico para la comunidad.
La propuesta de latinoamericanos y asi ticos atribuye la desprotecci¢n de los conocimientos tradicionales de las comunidades locales e ind¡genas, al simple hecho de representar derechos colectivos de un pueblo o comunidad y carecer de autor o creador conocido.
El conocimiento tradicional se caracteriza por el hecho de que generalmente no se produce de forma sistem tica, sino a trav’s de las respuestas y de la interacci¢n de creadores individuales o colectivos con el medio cultural.
Por esa raz¢n, advirti¢ la OMPI, puede ocurrir que los mecanismos de propiedad intelectual existentes, que han sido dise_ados para funcionar en un contexto de relaci¢n con el comercio, pueden ser insuficientes ante la naturaleza esencialmente cultural del conocimiento tradicional.
Algunas veces, lo que parece una obra literaria aislada, como un poema, o una invenci¢n t’cnica separada, como el uso de una planta para curar heridas, es un elemento que integra un complejo amplio y en gran parte coherente de creencias y conocimientos consagrados por la comunidad.
La OMPI reconoci¢ que la protecci¢n del conocimeinto tradicional reviste importancia para los pa¡ses en desarrollo, porque promueve el sentido de cohesi¢n e identidad nacional.
La instituci¢n observ¢ que los pa¡ses en desarrollo est n interesados en la aplicaci¢n de dos acuerdos multilaterales : la Convenci¢n sobre Diversidad Biol¢gica y el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).
En particular, al mundo en desarrollo le preocupa la forma en que esos acuerdos pueden afectar la manera de proteger y difundir esos conocimientos asociados con el uso de los recursos gen’ticos, inclusive aunque no sean tradicionales.
La propuesta de pa¡ses latinoamericanos y asi ticos, demanda la realizaci¢n de un estudio pormenorizado sobre la forma de proteger los derechos con un contenido moral y econ¢mico de propiedad intelectual, relativos a los conocimientos tradicionales, pr cticas medicinales y expresiones del folclore de las comunidades locales e ind¡genas.
El estudio solicitado deber efectuarse durante los dos pr¢ximos a_os, en el consejo de los ADPIC, para presentar el informe final en la Cuarta Conferencia Ministerial de la OMC, en el 2001.
El objetivo de la iniciativa es la iniciaci¢n de negociaciones para establecer normas multilaterales que otorguen derechos efectivos de propiedad intelectual, con contenido moral y econ¢mico, a los conocimientos tradicionales, las pr cticas medicinales y las expresiones del folclore.
La petici¢n de los proponentes indica expresamente que las normas tendr n que tomar en cuenta la naturaleza colectiva y social de esos derechos. La idea de los pa¡ses latinoamericanos y asi ticos tuvo en general una acogida favorable entre los 134 miembros de la OMC, aunque Canad adelant¢ su oposici¢n a trasladar el tema de la OMPI al consejo de los ADPIC.
La delegaci¢n canadiense estim¢ que en la OMPI, el tema del conocimiento tradicional se enriquecer con el aporte de las organizaciones no gubernamentales, que por lo general tienen acceso limitado a la OMC.
El traslado de la cuesti¢n a la OMC a esta altura del debate puede ser no s¢lo prematuro sino tambi’n contraproducente, dijo la representaci¢n de Canad . (FIN/IPS/pc/ff/if cr/99)
PAÍSES LATINOAMERICANOS Y ASI-TICOS PIDEN PROTECCIÓN JUR-DICA PARA CONOCIMIENTOS TRADICIONALES
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