Corte de Apelaciones de Santiago
En Santiago, a veintitres de enero de dos mil uno, siendo las 10,05 horas, se constituyo el tribunal en el domicilio del señor General, Augusto Jose Ramon Pinochet Ugarte, con el objeto de recibir su declaración indagatoria.
Acto seguido se procedio a su individualización, Augusto Jose Ramon Pinochet Ugarte, Capitan General de Ejercito, ex Presidente de la Republica, Senador Vitalicio, natural de Valparaiso, 85 años de edad, casado, domiciliado en Pedro Lira Urquieta N¦ 11.280, La Dehesa, comuna de Lo Barnechea, C.I. N¦ 1.128.824-1, quien exhortado a decir verdad, expuso:
+En su calidad de jefe del Ejercito o Presidente de la junta de Gobierno, u otra calidad, le encomendo al General Sergio Victor Arellano Stark, como delegado suyo o de la Honorable Junta de Gobierno a efectuar un viaje en septiembre y octubre de 1973.
¿Que objeto tuvo ese viaje se debió a que su misión era acelerar los procesos para instar a su pronta terminación, los que no tenian merito, sobreseerlos.
Acto continuo se exhibio al declarante del oficio original N¡ 2425/376, fechado en Antofagasta el 31 de octubre de 1973 y firmado por Joaquin Lagos Osorio, General de Brigada, Comandante CASJI I.D.E.
Se le exhibi¢ la anotaci¢n escrita con letra roja, en la segunda p gina de dicha comunicaci¢n como tambi’n aquella en fotocopia ampliada y en colores, reconociendo como suya esa anotaci¢n como tambi’n su letra.
Al tener en sus manos la totalidad de dicho documento que consta de cuatro hojas, se_alo lo que aparece en el resumen como personas ejecutadas por orden del C.J.E.: 53, es absolutamente falso. Yo no soy ningun criminal.
Por lo dem s, los encargados de los procesos de las personas detenidas eran las respectivas guarniciones.
Preguntado por el tribunal si una vez que supo todos los excesos que fueron cometidos con motivo del viaje del general Arellano Stark por diversas ciudades del pais, adopto medidas para que hiciera efectiva su responsabilidad, responde: como ya le dije, los encargados de agilizar los procesos eran los Comandantes de las respectivas guarniciones.
Preguntado por el tribunal acerca de si se dio ordenes de que se fusilara a gente durante el viaje del General Arellano y de su comitiva por diversas ciudades del pais, en el a_o 1973, responde: En realidad de que hoy me
acuerde de todo es imposible. Yo, en ningun momento ordene fusilamientos de nadie. Habia una orden de la Junta de Gobierno, en que solamente en caso de defensa propia se podria abrir fuego.
Preguntado por el tribunal si, en algun momento, dio ordenes en el sentido de que no se entregaron los cuerpos de personas fallecidas en aquella ocasion a sus familiares, responde:
Si ello ocurrio, la raz¢n estaba en que muchas veces los cuerpos de las personas fallecidas eran retirados por sus propios familiares y, en otros casos, como se trataba de terroristas y estos se encontraban indocumentados, era dificil su identificaci¢n y nadie sabia donde quedaban
los cuerpos porque nadie reclamaba.
Preguntado por el tribunal, segun su parecer, por que se produjeron esos excesos y por que no se entregaron muchos cuerpos, responde: respecto de lo primero, eso no lo se, respecto de lo segundo, ya lo respondi.
Previa lectura se ratifica y firma con el tribunal.
(Cl/YZ/Au/Pl/ap)