1. Ayer, 2 de julio de 2001, aproximadamente a las 4:30 p.m., detenidos por paramilitarismo de la cárcel La Modelo de Bogotá, desplegaron un operativo de ataque contra los detenidos políticos recluidos en los patios 1 y 2 de ese establecimiento carcelario. Como ocurrió el pasado 27 de abril de 2000, este grupo estaba integrado por paramilitares recluidos en los patios 3 y 5 y fueron dirigidos desde el Pabellón de Alta Seguridad.
2. La incursión paramilitar en el centro carcelario, produjo un combate con los detenidos políticos y se prolongó hasta las 6:30 a.m. del día de hoy (3 de julio de 2001), sin que los efectivos de la Policía Nacional dispuestos en las afueras de la cárcel y en el área de la Dirección de la cárcel La Modelo de Bogotá, recibieran órdenes oportunas de sus mandos para ingresar a los patios e impedir que el enfrentamiento armado continuara. Lo que sucedió solo 8 horas después de iniciado el enfrentamiento.
3. Hacia las 10 a.m., del día 3 de julio, las personas privadas de la libertad recluidas en los patios 1 y 2 ala norte (detenidos sociales y pol¡ticos), fueron desnudadas y trasladadas a la cancha de fotbol, con el prop¢sito de facilitar a los miembros de la fuerza poblica la
requisa minuciosa de las instalaciones que aquellos normalmente ocupan. Las autoridades anunciaron que similar procedimiento se seguir con las personas privadas de la libertad que se encuentran en el ala sur (patios 3, 4, 5 y Pabell¢n de Alta Seguridad), cuesti¢n que esperamos se realice con igual rigurosidad, que en el resto del penal, para lograr frenar el alto grado de armamentismo que existe en el mismo.
4. El INPEC report¢ oficialmente un nomero de 10 personas muertas (informes recibidos de varios internos hablan de un nomero mayor a 17 personas asesinadas) y otras 15 heridas como resultado del prolongado enfrentamiento armado. Las oltimas fueron trasladadas al Hospital El Tunal, ubicado en el Suroccidente de la ciudad, para su inmediata atenci¢n. Algunos ya se encuentran sometidos a intervenci¢n quirorgica dada la gravedad de las heridas que sufrieron, en la mayor¡a de los casos como consecuencias de los impactos de armas largas (segon informaci¢n de los internos Fusiles Galil, R15, AK47 etc.) y granadas.
5. El Gobierno de Colombia sab¡a que al interior de la c rcel La Modelo de Bogot se presentaba, desde el pasado 27 de abril de 2000, una situaci¢n de tensi¢n inminente que en cualquier momento podr¡a traducirse en una nueva masacre o en un enfrentamiento armado entre detenidos por paramilitarismo y detenidos pol¡ticos. Como es de conocimiento del Estado colombiano, dicha situaci¢n se ha presentado debido a las amenazas proferidas por los paramilitares contra los detenidos pol¡ticos, las cuales se han realizado rondas, portando armas largas y usando brazaletes de las AUC.
6. Aunque desde mayo del 2000 la Comisi¢n Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, activo el procedimiento de medidas cautelares a favor de los detenidos
pol¡ticos recluidos en los patios 1 y 2 de la c rcel La Modelo de Bogot y de la preocupaci¢n que sus representantes manifestaron sobre este caso en su reciente visita al pa¡s; el Gobierno de Colombia no adopt¢ las medidas administrativas y pol¡ticas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de los detenidos pol¡ticos aludidos en la referencia. En nuestra opini¢n, la medida fundamental de car cter transitorio es la construcci¢n de un muro de alta seguridad que divida la c rcel La Modelo de Bogot e impida cualquier tipo de contacto entre detenidos del paramilitarismo y detenidos pol¡ticos.
7. Lo acaecido desde ayer en la c rcel La Modelo de Bogot no obedeci¢ a un plan fallido de fuga, segon manifest¢ el Ministro de Justicia y del Derecho. Por el contrario, es la consecuencia l¢gica de la ausencia de voluntad pol¡tica del gobierno de Pastrana para cumplir con la orden de la Corte Constitucional (Sentencia 153 del 28 de abril de 1998) de superar el d’ficit de cupos carcelarios, en un plazo m ximo de cuatro a_os y de separar debidamente a las personas condenadas de las sindicadas y clasificarlos segon el tipo de delitos o, como en este caso, segon el tipo de pertenencia a los grupos armados
enfrentados en nuestro pa¡s. Si es claro para cualquiera, que los miembros de la fuerza poblica privados de la libertad no pueden ser recluidos con el conjunto de la poblaci¢n carcelaria, porque su vida e integridad personal correr¡a peligro, +c¢mo no entender que miembros de la insurgencia y de los grupos paramilitares no pueden convivir en los mismos establecimientos de reclusi¢n?.
8. El pasado 20 de junio de 2001 estaba prevista una reuni¢n de nuestra Fundaci¢n con el Director General del INPEC y otras autoridades estatales con el fin de tomar una decisi¢n final en relaci¢n con las medidas que se adoptar¡an para proteger la vida e integridad personal de los detenidos pol¡ticos recluidos en los patios 1 y 2 de la c rcel La Modelo de Bogot . El General (r) Fabio Campos Silva, aplaz¢ su realizaci¢n argumentando que quer¡a llegar a la misma con hechos cumplidos. Y en efecto, ayer fue cumplida la anunciada promesa; no la del Gobierno colombiano sino la de los presos del
paramilitarismo.
9. Finalmente, no tiene ninguna explicaci¢n que la fuerza poblica no ingresara al establecimiento carcelario, para detener un enfrentamiento que dur¢ m s de 12 horas; lo mismo sucedi¢ con ocasi¢n de la masacre del 27 de abril de 2000 en este mismo centro carcelario, en la cual la falta de actuaci¢n de la fuerza poblica, dejo como resultado el asesinato de 27 personas, heridas 19 y desaparecidas 16, de las cuales no se ha tenido ninguna respuesta de parte del Estado. La Tragedia se repite, nuevamente la falta de una oportuna actuaci¢n de la fuerza poblica, posibilita el asesinato de m s de 10 personas y heridas a 15, algunas de las cuales se encuentran en grave estado de salud.
Bogot , 3 de julio de 2001.
Fundaci¢n Comit’ de Solidaridad con los Presos Pol¡ticos